De conformidad con lo dispuesto en el artículo10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio ("LME") se hace público que el Socio Único de Coloplast Productos Médicos, S.A.U. y Atos Medical Spain, S.L.U. aprobó el 19 de mayo de 2025 la fusión por la que Coloplast Productos Médicos, S.A.U. ("Sociedad Absorbente") absorbe a Atos Medical Spain, S.L.U. ("Sociedad Absorbida"), ajustándose plenamente las decisiones anteriores al Proyecto de Fusión Conjunto suscrito por los Órganos de Administración de ambas compañías con fecha 30 de marzo de 2025. Como consecuencia, se produce la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida con el traspaso en bloque, por sucesión universal de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, que adquiere todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.
Se deja expresa constancia de que la fusión se llevará a cabo de conformidad con el procedimiento simplificado previsto en los artículos 9 y 53.1, por remisión del artículo 56.1, de la LME, dado que la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida se encuentran íntegramente participadas por el mismo único socio, la sociedad Coloplast A/S. En consecuencia, en aplicación de los artículos 53 y 56 de la LME, no hay tipo de canje ya que la Sociedad Absorbente no amplía su capital social. Asimismo, en aplicación del artículo 9 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin publicar o depositar los documentos exigidos por la Ley, siendo incorporados en la escritura de fusión.
De conformidad con los artículos 10 y 13 de la LME, se hace constar: (i) el derecho que asiste a, en su caso, los accionistas y acreedores de las sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión, así como los balances de fusión de ambas sociedades; y (ii) el derecho de oposición a la fusión que asiste a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión dentro del plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, en los términos del artículo 13 de la LME.
Por último, se hace constar el derecho de, en su caso, accionistas y trabajadores de las sociedades participantes en la fusión a examinar en el domicilio social, copia íntegra de los documentos a que hace referencia el artículo 46 de la LME, referidos a la fusión, así como obtener la entrega o el envío gratuitos de los mismo por medios electrónicos de un ejemplar de cada uno de ellos.
Madrid, 19 de mayo de 2025.- D. Henrik Deneke, Administrador Solidario de Coloplast Productos Médicos, S.A.U. y Dª Pascale Frédérique Chapuis, Presidenta, D. Ignacio Antonio Romo Urroz, Secretario del consejo de administración de Atos Medical Spain, S.L.U.
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