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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se aprueba, entre otros, el régimen jurídico de las modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("RDL 5/2023"), se hace público que, con fecha 12 de mayo de 2025, el socio único de la mercantil IP INSTALACIONES, MONTAJES Y ENERGÍAS, S.L.U. (la "Sociedad Segregada") y el socio único de la mercantil IPIME MANTENIMIENTO INDUSTRIAL, S.L.U. (la "Sociedad Beneficiaria"), han aprobado la segregación de la Sociedad Segregada a favor de la Sociedad Beneficiaria en los términos establecidos en el Proyecto de Segregación de fecha 1 de abril de 2025.
La segregación implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la parte del patrimonio de la Sociedad Segregada integrado por la rama consistente en el negocio de dedicado a la actividad de mantenimiento industrial, constitutiva de una unidad económica, a favor de la Sociedad Beneficiaria.
Asimismo, a efectos de lo dispuesto en el artículo 10 RDL 5/2023, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo de aprobación de la operación de segregación y así como los balances de segregación. Igualmente, se hace constar que los acreedores de las Sociedades Segregada y Beneficiaria cuentan con el régimen de protección establecido en el RDL 5/2023.
En Venta de Baños (Palencia), 12 de mayo de 2025.- Administrador Único de IP Instalaciones, Montajes y Energías, S.L.U. e Ipime Mantenimiento Industrial, S.L.U, D. Ismael Pedrosa González.
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