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Documento BORME-C-2025-2609

GRUPO GESTIONIZA IBÉRICA, S.L.

(SOCIEDAD ESCINDIDA)

KALEIDO 360, S.L.

(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 94, páginas 3316 a 3316 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-2609

TEXTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 10.1 y 60 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante, "RDL 5/2023"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad Grupo Gestioniza Ibérica, S.L.,(sociedad parcialmente escindida), celebrada el 9 de mayo de 2025, acordó por unanimidad la escisión parcial financiera de la sociedad, y de rama de actividad, en virtud de la cual traspasará, sin extinguirse, una parte de su patrimonio social, consistente en la totalidad de sus participaciones en la mercantiles Agrodaval 2006, S.L.U., de la cual ostenta el 100% del capital social, Geo Solar Park, S.L., de la cual ostenta el 83,33% del capital social, y Desarrollos de Troncales, S.L., de la cual ostenta el 50,00% del capital social, así como de los activos inmobiliarios que figuran en su balance, a favor de la sociedad Kaleido 360, S.L., de nueva creación, que los adquirirá por sucesión a título universal, subrogándose en todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido, todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión parcial redactado y suscrito por el Administrador Solidario de Grupo Gestioniza Ibérica, S.L.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 9 del RDL 5/2023, al haberse acordado la escisión por unanimidad del 100% del capital de la sociedad escindida no es necesario publicar o depositar previamente el Proyecto de Escisión ni es necesario el informe de los Administradores sobre el mismo.

Asimismo, resulta de aplicación el régimen simplificado recogido en el artículo 71 del RD-L 5/2023, dado que la totalidad de las participaciones de la Sociedad Beneficiaria se atribuyen a los socios de la Sociedad Escindida, no siendo necesario el informe de los administradores sobre el Proyecto de Escisión, ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el Balance de escisión.

Por otro lado, como resultado de la escisión parcial, la sociedad escindida Grupo Gestioniza Ibérica, S.L. reducirá sus fondos propios en la cantidad de 523.346,76 euros, con cargo exclusivamente a reservas voluntarias, por lo que no sufre alteración la cifra de capital social de la sociedad parcialmente escindida, ni es preciso, en consecuencia, proceder a la modificación de los estatutos.

De conformidad con lo establecido en el citado RDL 5/2023, se hace constar el derecho de los acreedores y representantes de los trabajadores de la sociedad escindida de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados.

Se informa igualmente a los acreedores de su derecho de oponerse a la escisión parcial en el plazo y los términos previstos en el RDL 5/2023.

Arroyomolinos (Madrid), 9 de mayo de 2025.- El Administrador Solidario, Juan Valdepeñas Jimeno.

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