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Documento BORME-C-2025-256

EKHI ENERGY, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

EKHI ENERGY LARGE SCALE, S.L.U.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 18, páginas 316 a 316 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-256

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (la "LME"), se hace público que, en fecha 20 de enero 2025, el socio único de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, en ejercicio de las competencias atribuidas a la Junta General, ha aprobado la fusión por absorción de EKHI ENERGY LARGE SCALE, S.L.U.(Sociedad Absorbida) a favor de, EKHI ENERGY, S.L.U. (Sociedad Absorbente), mediante transmisión a título universal del patrimonio a la Sociedad Absorbente y disolución sin liquidación o extinción de la Sociedad Absorbida.

El referido acuerdo ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado y suscrito por los órganos de administración de las sociedades participantes en fecha 16 de enero de 2025.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 56 de la LME, en relación con el artículo 53, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida están participadas íntegramente por el mismo socio, pudiendo acogerse, por tanto, al procedimiento simplificado de las fusiones especiales. Asimismo, se pone de manifiesto que, conforme al artículo 9 de la LME, el acuerdo de fusión se ha aprobado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, y sin anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones ni informe de los administradores sobre el proyecto de fusión dirigido a los socios. No obstante, se hace constar que se ha cumplido con la obligación prevista de información a los trabajadores sobre el objeto y alcance de la fusión proyectada y se ha tomado en consideración el informe de los administradores sobre los efectos que pudiera tener la operación sobre el empleo de conformidad con lo previsto en el artículo 5.5 de la LME. Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de fusión y balance de fusión en los términos del artículo 10 de la LME.

En Madrid, 23 de enero de 2025.- Don Willem-Jan-Tjerk Schutte, Administrador Único de Ekhi Energy, S.L.U. y asimismo representante persona física de Ekhi Energy, S.L.U., Administrador Único de Ekhi Energy Large Scale, S.L.U.

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