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Documento BORME-C-2025-2374

AVANTA PREVENCIÓN INTEGRAL, S.L. UNIPERSONAL

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

IBERSYS SEGURIDAD Y SALUD, S.L. UNIPERSONAL

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 92, páginas 3042 a 3042 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-2374

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea ("LME"), se hace público que el socio único común de "Avanta Prevención Integral, S.L." Unipersonal (la "Sociedad Absorbente") y de "Ibersys Seguridad y Salud, S.L." Unipersonal (la "Sociedad Absorbida"), el día 9 de mayo de 2025, ha decidido aprobar la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por parte de la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio de la Sociedad Absorbida, con la consecuente disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida.

La fusión ha sido adoptada conforme al Proyecto común de Fusión redactado por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en la fusión con fecha 7 de abril de 2025 y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en los artículos 53 y 56 de la LME, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida están participadas al 100% por el mismo socio único y, por tanto, es una fusión simplificada en cuanto al cumplimiento de ciertos requisitos formales.

Por otro lado y de acuerdo con los artículos 9 y 10 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin publicar o depositar previamente en la web de las sociedades intervinientes en la fusión o, en su defecto, en el Registro Mercantil los documentos exigidos por la LME y sin informe de administradores sobre el Proyecto común de Fusión destinado a los socios, por haberse aprobado el acuerdo de fusión por el socio único común de las sociedades participantes. Por otro lado, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los respectivos balances de fusión. En relación con lo anterior, se ha puesto a disposición de los trabajadores de las sociedades intervinientes en la fusión la referida información y operará una sucesión de empresa en los términos definidos por el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Valencia y Lugo, 9 de mayo de 2025.- Los consejeros del consejo de administración de "Avanta Prevención Integral, S.L." Unipersonal (Sociedad Absorbente), D. José Plá Rius, D. Josep Plá Puigbó y "Eisleben, S.L" representante persona física D. Luis Rafael Pérez-Cea Ponce y los consejeros del consejo de administración de "Ibersys Seguridad y Salud, S.L." Unipersonal (Sociedad Absorbida), D. José Plá Rius, D. Josep Plá Puigbó y "Eisleben, S.L" representante persona física D. Luis Rafael Pérez-Cea Ponce.

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