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Documento BORME-C-2025-2288

PROMOCIONES SEPELACO, S.L.

(SOCIEDAD ABSORBENTE)

GRUPO DE INVERSION FONT DE DINS, S.A.

(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 91, páginas 2952 a 2952 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2025-2288

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, (en adelante, La Ley), se hace público que el día 6 de mayo de 2025 el Administrador Único de Promociones Sepelaco S.L, (Sociedad Absorbente), y el Consejo de Administración de Grupo de Inversión Font de Dins, S.A. (Sociedad Absorbida), ejerciendo las funciones propias de Junta General, adoptaron la decisión de aprobar la fusión por absorción de la primera a la segunda. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la sociedad absorbida a la absorbente, y la disolución sin liquidación de la absorbida, con extinción de la misma, subrogándose la sociedad absorbente en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.

La fusión se realiza conforme al procedimiento de acuerdo unánime regulado en el artículo 9 de la Ley, que ha sido adoptado conforme a lo dispuesto en el Proyecto Común de Fusión suscrito el 5 de mayo de 2025 por los órganos de administración de ambas sociedades, y con los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2024.

Se hace constar que la fusión se realiza de conformidad con el procedimiento simplificado previsto en el artículo 53 de la Ley, por aplicación del artículo 56.1 de la Ley, al tratarse de una fusión por absorción en la que la sociedad absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la sociedad absorbida. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto Común de Fusión de las menciones 3, 5 y 7 del artículo 40 de la Ley (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de fusión (iii) el aumento de capital de la Sociedad Absorbente, y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbida.

Conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Ley, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho de oposición a la fusión que asiste a los acreedores de las dos sociedades que participan en la fusión, dentro del mes siguiente a la fecha de publicación del último anuncio de los acuerdos de fusión, en los términos previstos en el artículo 13 de la Ley.

Castellón, 6 de mayo de 2025.- La administradora única de la sociedad Promociones Sepelaco, S.L, Dª Rosario Gimeno Martí.

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