Edukia ez dago euskaraz
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 319 y 324 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de PISCINA LA PIOVERA, S.A., celebrada en segunda convocatoria, en el domicilio social el día 21 de diciembre de 2024 a las 10:00 horas, estando presentes o representados 243 accionistas, que representan el 84,66 % del capital social, adoptó con el voto favorable de 242 socios, que representan el 84,32 % del capital social con derecho a voto, ningún voto en contra y una abstención, que representa el 0,34 % del capital social con derecho a voto, el siguiente acuerdo:
Reducción de capital social en la suma de trescientos sesenta y cuatro mil cincuenta y seis euros con cincuenta y siete céntimos (364.056,57 euros), con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la sociedad, disminuido por consecuencia de pérdidas, lo que representa una reducción en el valor de mil doscientos sesenta y ocho euros con cuatrocientas ochenta y nueve mil setecientas noventa y una millonésimas de euro (1.268,489791 euros) por acción, constituyendo reservas voluntarias indisponibles por el plazo de cinco años en un importe de ciento cinco mil trescientos cuarenta y un euros con veinticinco céntimos (105.341,25 euros), quedando el capital social en sesenta mil doscientos setenta euros (60.270,00 euros), lo que representa un valor nominal de doscientos diez euros (210,00 euros) por acción.
Tras la reducción aprobada, el capital social ha quedado fijado en la cantidad de 60.270 euros, dividido en 287 acciones nominativas, con un valor nominal de 210 euros cada una de ellas.
La finalidad de la reducción de capital ha sido la de compensar pérdidas de la Sociedad, procedentes de ejercicios anteriores, y de esta manera restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio de la entidad disminuido por consecuencia de dichas pérdidas, y la dotación de una reserva voluntaria indisponible durante el plazo de cinco años.
La adopción de este acuerdo afectó por igual a todas las acciones que componen el capital social de la sociedad en proporción a su valor nominal.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 323 de la Ley de Sociedades de Capital, la presente reducción de capital tomó como referencia el balance de la sociedad cerrado a 30 de septiembre de 2024, aprobado por la Junta General Extraordinaria de fecha 21 de diciembre de 2024 y sometido a verificación por el Auditor de cuentas, la entidad mercantil Fides Asesores Financieros, S.L.U.
En virtud del artículo 335.a) de la Ley de Sociedades de Capital los acreedores no gozan del derecho de oposición a la operación de reducción de capital para la compensación de pérdidas, manteniéndose de acuerdo con lo previsto en el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital, su derecho de oposición por la parte de la reducción destinada a la dotación de reservas voluntarias indisponibles por el plazo de 5 años, que precisamente tienen esta indisponibilidad con la finalidad de garantizar sus créditos.
Madrid, 8 de mayo de 2025.- Administrador Único, Eugenio Dolado Fidalgo.
Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia
Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril