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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/ 2023,de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, la Ley), se hace público que, el día 7 de enero de 2025, la Junta General Extraordinaria y Universal de SMART PROJECT BUILDINGS, S.L. (Sociedad Absorbente), ha aprobado la fusión por absorción, por parte de esta sociedad, de la sociedad SELEKTIA PRO, S.L. (Sociedad Absorbida), haciendo lo mismo, en idéntica fecha, la Junta General y Extraordinaria y Universal de SELEKTIA PRO, S.L.
El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión, redactado por los órganos de administración de todas las sociedades intervinientes en la fusión, con fecha 1 de enero de 2025.
La fusión se realiza por el procedimiento ordinario regulado en el RDLME por no encontrar encaje en ninguno de los supuestos especiales de fusión regulados en los artículos 53 y siguientes del RDLME: (i) En el Proyecto de fusión se incluyen las menciones relativas al tipo de canje de las participaciones sociales, a las modalidades de entrega de las participaciones de la sociedad resultante a los socios de la sociedad o sociedades absorbidas, a la fecha de participación en las ganancias sociales de la sociedad resultante y a cualesquiera peculiaridades relativas a este derecho o a la información sobre la valoración del activo y pasivo del patrimonio de cada sociedad que se transmite a la sociedad resultante o a las fechas de las cuentas de las sociedades que se fusionan; (ii) se emitirán, de ser procedente, los informes de administradores y expertos sobre el Proyecto de fusión; (iii) se aumentará el capital social de la Sociedad Absorbente.; (iv) se aprobará la Fusión por la junta general de la Sociedad Absorbida.
Habiéndose acordado por unanimidad la fusión por la Junta General Extraordinaria y Universal de Smart Project Buildings, S.L. (Sociedad Absorbente) y de Selektia Pro, S.L. (Sociedad Absorbida), de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 de la Ley, no es necesario publicar, ni depositar previamente los documentos exigidos por la Ley.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas, del Proyecto y de los Balances de fusión.
Los acreedores de cada una de las sociedades cuyos créditos hayan nacido con anterioridad a la fecha de publicación de este anuncio disponen del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión, para ejercitar las acciones previstas en los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 13.1 de la Ley.
A Coruña, 17 de enero de 2025.- D. Daniel Mahía Solís en calidad de representante de Jazba Invest, S.L, Administrador Único de Smart Project Buildings, S.L. (Sociedad Absorbente) y D. Israel David Montoto Vergara en calidad de Administrador Único de Selektia Pro, S.L. (Sociedad Absorbida).
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