De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto- Ley 5/2023, de 28 de junio (en adelante RDL 5/2023), se hace publico que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de "Envases J. Leon, S.L.U." (sociedad parcialmente escindida), celebra el 21 de abril de 2025, acordó por unanimidad la escisión parcial sin extinción de "Envases J. Leon, S.L.U." mediante transmisión en bloque de parte de su patrimonio, consistente en la integración en la nueva sociedad del patrimonio afecto a la línea de negocio afecto a la actividad de transporte que posee la entidad escindida a la sociedad beneficiaria y de nueva creación "Grupo Inmobiliario Leydi, S.L."(sociedad beneficiaria) la cual se constituirá simultáneamente, adquiriendo por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido y adjudicando a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación, todo ello de conformidad con el Proyecto de Escisión parcial redactado y suscrito por el Órgano de Administración de "Envases J. Leon, S.L.U." formalizado el día 15 de abril del 2025.
En virtud del artículo 9 del RDL 5/2023, al haberse adoptado el acuerdo escisión parcial en Junta universal y por unanimidad de todos los socios de la sociedad escindida y por el procedimiento simplificado previsto en el Artículo 71 de la misma norma, no es necesario publicar o depositar previamente el proyecto de escisión ni es necesario el informe de los Administradores sobre el mismo. Asimismo, en aplicación del citado régimen simplificado que se recoge en el Artículo 71 del RDL 5/2023, al atribuirse a los socios de la sociedad escindida las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de aquella, no es necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión, ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el Balance de escisión.
No obstante, se hace contar que el acuerdo de escisión parcial contiene el detalle de los elementos de activo y pasivo que componen el patrimonio escindido transmitido a la sociedad beneficiaria "Grupo Inmobiliario Leydi, S.L.", de nueva creación.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el RDL 5/2023, se hace público el derecho de los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de la sociedad participante en la escisión parcial de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados. Se informa igualmente a los acreedores de su derecho de oponerse a la escisión parcial en el plazo y los términos previstos en el Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio.
La Roda (Albacete), 22 de abril de 2025.- El Administrador único, Julian León Piernas.
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