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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023 sobre modificaciones estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales Universales de Ocaso, S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros y Eterna Aseguradora, S.A.U. Compañía de Seguros y Reaseguros, celebradas el 22 y el 15 de abril de 2025, respectivamente, aprobaron por unanimidad la fusión de ambas Sociedades mediante la absorción de Eterna Aseguradora, S.A.U. Compañía de Seguros y Reaseguros por parte de Ocaso, S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros, con disolución sin liquidación o extinción de la Sociedad absorbida que transmite en bloque su patrimonio a la Sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal sus derechos y obligaciones, conforme al Proyecto común de fusión, y los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2024. La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 53 del Real Decreto-Ley 5/2023, al tratarse de una fusión por absorción en la que la Sociedad absorbente es titular de forma directa de todas las acciones en que se divide el capital social de la Sociedad absorbida, no procede canje de acciones ni ampliación de capital de la Sociedad absorbente. Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de ambas Sociedades a oponerse a la fusión, en los términos previstos en el artículo 13 del Real Decreto-Ley 5/2023, durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 25 de abril de 2025.- D. Antonio Pau Pedrón, Secretario del Consejo de Administración de Ocaso, S.A. Compañía de Seguros y Reaseguros, D.Iván Anós Charlén, Administrador Solidario de Eterna Aseguradora, S.A.U. Compañía de Seguros y Reaseguros.
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