Content not available in English
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que, entre otras cuestiones, se adoptan determinadas medidas de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que en fecha 2 de diciembre de 2024, la Junta General de Socios de la mercantil TRANSPORTES GALASTUR, S.L., acordó proceder a la segregación de una parte su patrimonio social, que constituye una unidad económica independiente y diferenciada (constituida por la rama de actividad de transporte de mercancías por carretera, depósito, almacenamiento, distribución y logística de productos y mercancías), y la transmisión en bloque, por sucesión universal, a favor de una sociedad beneficiaria de nueva creación, GALASTUR, LOGÍSTICA Y TTES, S.L. con efectos contables desde el 1 de enero de 2024. Todo ello en los términos previstos en el Proyecto de Segregación, aprobado y suscrito por el órgano de administración de la sociedad segregada con fecha 30 de octubre de 2024.
A los efectos oportunos, se hace constar que la segregación se realiza al amparo de lo establecido en los artículos 9 y 53 de la LME, por remisión del artículo 63 de la LME.
Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de segregación, así como el derecho de oposición de los acreedores en el plazo y términos previstos en el artículo 13 de la LME.
En A coruña, 3 de diciembre de 2024.- El Consejero Delegado de Transportes Galastur S.L, D. Emilio Jorge Rico Casal.
State Agency Official State Gazette
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid