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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (en adelante, "LME"), se hace público que, con fecha 6 de diciembre de 2024, el socio único de Alcalá Lands Investments, S.L.U., Borneo Commercials Investments, S.L.U. y Beta Properties Investments, S.L.U. (las "Sociedades Participantes en la Fusión"), en ejercicio de las facultades de la junta general extraordinaria y universal de las Sociedades Participantes en la Fusión, decidió aprobar íntegramente la fusión por absorción de Alcalá Lands Investments, S.L.U. y de Borneo Commercials Investments, S.L.U. ("Sociedades Absorbidas") por Beta Properties Investments, S.L.U. ("Sociedad Absorbente"), en los términos y condiciones establecidos en el proyecto común de fusión formulado y suscrito por los miembros del órgano de administración de cada una de las Sociedades Participantes en la Fusión con fecha 29 de noviembre de 2024 (la "Fusión").
La Fusión implica la transmisión en bloque y por sucesión universal de la totalidad del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a favor de la Sociedad Absorbente, por lo que resulta de aplicación lo establecido en el artículo 56 de la LME, en relación con el artículo 53 de la LME, con la consiguiente simplificación procedimental y documental de la Fusión.
En línea con lo anterior, de acuerdo con el artículo 53.1 de la LME, por remisión del artículo 56.1 de la LME, no será necesaria la ampliación del capital social de la Sociedad Absorbente, la emisión de informes por parte de los administradores de las Sociedades Participantes en la Fusión ni de expertos sobre el proyecto común de fusión por cuanto las Sociedades Participantes en la Fusión están íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio único. Asimismo, se deja constancia de que las Sociedades Participantes de la Fusión no tienen empleados.
De conformidad con lo previsto en el artículo 46.2 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades Participantes en la Fusión a obtener, en el domicilio social de la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas, el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión presentado.
Madrid, 9 de diciembre de 2024.- D. Andrés López Sánchez y Dña. Olatz Juaristi Oliden, como Administradores Mancomunados de Beta Properties Investments, S.L.U., Alcalá Lands Investments, S.L.U. y Borneo Commercials Investments, S.L.U.
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