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Documento BORME-C-2024-6582

KOENIG & BAUER (ES), S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)

LAUVIC SERVICIO ASISTENCIA TECNICA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 233, páginas 8115 a 8115 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-6582

TEXTO

En cumplimiento con lo establecido en el artículo 10 del Libro Primero del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea ("RDL"), se hace público que con fecha 20 de noviembre de 2024, el Socio Único de la sociedad KOENIG & BAUER (ES), S.L.U -hasta ahora denominada KOENIG & BAUER LAUVIC, SLU-. ("Sociedad Absorbente"), aprobó: (i) la fusión por absorción entre la Sociedad Absorbente y LAUVIC SERVICIO ASISTENCIA TECNICA, S.L.U. ("Sociedad Absorbida"), con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de todo su patrimonio en favor de la Sociedad Absorbente, la cual adquirirá por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida; (ii) los balances de fusión de las Sociedades Absorbente y Absorbida cerrados a 30 de junio de 2024.

Se hace constar que el acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión ("Proyecto"), redactado por los órganos de administración de todas las sociedades intervinientes en la fusión, con fecha 25 de septiembre de 2024.

Al estar la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida participadas por el mismo Socio Único, la operación de fusión se ha sometido al régimen establecido para las fusiones de sociedades íntegramente participadas del artículo 53 del RDL por cuanto se encuadra en uno de los supuestos asimilados a la fusión de sociedades íntegramente participadas previstos en el artículo 56 del RDL.

Asimismo, habiéndose acordado por unanimidad la fusión por el Socio Único de la Sociedad Absorbente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la RDL, no es necesario publicar, ni depositar previamente los documentos exigidos por el RDL, aunque deberán incorporarse a la escritura de modificación estructural, y sin anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones ni informe de los administradores sobre el proyecto de modificación. Todo ello, sin perjuicio de lo que respecto al derecho de información a los trabajadores establece el artículo 9.2 del RDL.

Finalmente, de conformidad con lo previsto en los artículos 10 y 13 RDL, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Igualmente, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de ambas sociedades a oponerse a la operación de fusión en los términos previstos en el artículo 13 RDL.

Esplugues de Llobregat, 22 de noviembre de 2024.- Los Administradores Solidarios de Koenig & Bauer (ES), S.L.U. y Lauvic Servicio Asistencia Tecnica, S.L.U, . D. Thomas Longhino y D. Sascha Gerard Fischer.

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