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Documento BORME-C-2024-6411

EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO DE TORREJÓN DE ARDOZ, S.A. (EN LIQUIDACIÓN) (SOCIEDAD CEDENTE)

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ (ENTIDAD CESIONARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 228, páginas 7906 a 7906 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CESIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2024-6411

TEXTO

Se hace público que la Junta General Extraordinaria de la sociedad "EMPRESA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA Y SUELO DE TORREJÓN DE ARDOZ, SA en liquidación" (sociedad cedente) participada íntegramente por el AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ, como socio único de la misma, en fecha 25 de noviembre de 2024 ha aprobado la cesión global de su activo y pasivo, transmitiendo en bloque todo su patrimonio por sucesión universal, a favor de su único socio, el AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ (Entidad cesionaria), de acuerdo con el Proyecto de cesión global de activo y pasivo formulado por el órgano liquidador de la Sociedad en fecha 15 de noviembre de 2024.

Como consecuencia de la cesión global de activos y pasivos se producirá la extinción de la Sociedad cedente, quedando la Entidad cesionaria subrogada en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad cedente.

El acuerdo de cesión global constituye acuerdo unánime de la Junta, al estar la sociedad formada por un único socio y de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 9 del RD-ley 5/2023, de 28 de junio no es necesario publicar, ni depositar previamente los acuerdos exigidos por la Ley.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad cedente y de la Entidad cesionaria a obtener gratuitamente el texto íntegro de las decisiones adoptadas por la Sociedad cedente por su socio único, del Proyecto de cesión global de activos y pasivos y extinción y de su balance.

Se informa del derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad cedente y de la Entidad cesionaria, conforme a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio a oponerse a la cesión global de activos y pasivos en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de cesión global de activos y pasivo, para ejercitar las acciones previstas en los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 13.1 del Real Decreto ley 5/2023, de 28 de junio.

Torrejón de Ardoz, 25 de noviembre de 2024.- El liquidador solidario, Alberto Cantalejo Manzanares.

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