De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del "Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles" (en adelante, el "RDME"), se hace público que los socios de la Sociedad Muebles Hnos. Ramírez Jiménez, Sociedad Limitada (la "Sociedad Escindida Parcialmente"), ejerciendo las competencias de la Junta General de dicha sociedad, con fecha 9 de octubre de 2024, ha aprobado la escisión parcial de la Sociedad Escindida a favor de la sociedad de Nueva Creación G3 Zen Nexus, Sociedad Limitada (la "Sociedad Beneficiaria").
La escisión parcial implicará la transmisión de la finca registral número 34161 inscrita en el Registro de la Propiedad número dos de Lucena para constituir la rama de actividad de arrendamiento, en los términos del proyecto de escisión aprobado por los administradores solidarios de la Sociedad Escindida, sin que la Sociedad Escindida se extinga como consecuencia de la escisión.
Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y trabajadores de la Sociedad Escindida a solicitar y obtener de forma gratuita el texto íntegro de los acuerdos adoptados, no siendo necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes. Del mismo modo se hace constar el derecho de los acreedores a oponerse a la escisión parcial, en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del anuncio de escisión, de acuerdo con lo establecido en el art. 13 del citado RD Ley 5/2023.
Lucena, 21 de noviembre de 2024.- Representante de Muebles Hnos. Ramírez Jiménez, S.L, D. Jesús Ramírez Martínez-Campos.
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