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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 58 y siguientes del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que la Junta General Universal de Socios de EUROTRANS BASE LOGÍSTICA DE MUDANZAS, S.L., celebrada el día 10 de octubre de 2024, aprobó por unanimidad el proyecto de escisión parcial proporcional de la sociedad.
La escisión parcial proporcional implica la transmisión en bloque de una parte del patrimonio y de actividad de EUROTRANS BASE LOGÍSTICA DE MUDANZAS, S.L. a favor de la sociedad beneficiaria de nueva constitución, GREEN STORAGE BOX, S.L., con la consiguiente atribución a los socios de EUROTRANS BASE LOGÍSTICA DE MUDANZAS, S.L. de participaciones sociales en la nueva sociedad en proporción a su participación en la sociedad escindida.
El acuerdo de escisión parcial proporcional, se ha adoptado con base en el proyecto de escisión parcial proporcional redactado y suscrito por el órgano de administración de la sociedad escindida, en fecha 10 de octubre de 2024, sirviendo de base para la operación el balance de la Sociedad Escindida cerrado el 30 de septiembre del 2024 (en lo sucesivo, el "Balance de Escisión")
Al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial proporcional mediante acuerdo unánime y en junta universal por los socios de la Sociedad Escindida, de acuerdo con lo establecido en los artículos 9, 68 y 71 del Real Decreto-ley 5/2023, no es necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión, ni el informe de expertos contables ni el depósito de los documentos exigidos por ley.
El proyecto de escisión está a disposición de los socios, acreedores y representantes de los trabajadores en el domicilio social de la sociedad, sito en calle Artes Gráficas, número 10, Alicante, CP: 03008.
Se informa a los acreedores de las sociedades participantes en la escisión que tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión y del balance de escisión, así como a oponerse a la escisión en los términos previstos el Real Decreto-ley 5/2023, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión.
Alicante, 6 de noviembre de 2024.- Administrador, Esteban Blasco Mena.
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