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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10, por remisión del artículo 63, del Real Decreto Legislativo, de 28 de junio de 2023, sobre, entre otros, las modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (el "RDL"), se hace público que el 4 de julio de 2024 la Junta General de Accionistas de TECNICAS DEL HIERRO, S.A. (A-28175412) adoptó los acuerdos sociales relativos a la aprobación de la escisión total de dicha sociedad con extinción y sin liquidación de la misma, mediante la división de su patrimonio en dos patrimonios segregados que constituyen dos unidades económicas diferenciadas y su traspaso en bloque por sucesión universal a favor de las dos siguientes sociedades de nueva creación: TECROSA INMOBILIARIA, S.L. y TECNICAS DEL HIERRO, S.L. (por aplicación del artículo 418.2 del Reglamento del Registro Mercantil en la denominación de la sociedad escindida), las cuales se constituirán simultáneamente y como consecuencia de la escisión total, atribuyéndole a los socios de la sociedad escindida un número de participaciones de las dos sociedades beneficiarias en proporción a la participación y los derechos que tenían los accionistas en el capital de la sociedad escindida, todo ello conforme al Proyecto de Escisión formulado con fecha 3 de junio de 2024 por los dos administradores solidarios de la sociedad escindida.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del RDL, no es necesaria la publicación o el depósito previo del Proyecto de Escisión y sin anuncio sobre la posibilidad de formular observaciones ni informe de los administradores sobre el Proyecto de Escisión dirigido a los accionistas, dado que los acuerdos sociales relativos a la escisión total de TECNICAS DEL HIERRO, S.A. fueron adoptados por unanimidad de sus accionistas. No obstante, se hace constar que se ha cumplido con la obligación prevista de información a los trabajadores sobre el objeto y alcance de la escisión proyectada. Igualmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 del RDL, no es necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión.
Se advierte expresamente el derecho de los accionistas y acreedores de la sociedad escindida a solicitar y obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo adoptado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10 del RDL.
Madrid, 27 de septiembre de 2024.- D. Pedro Hontoria García y Dña. María del Carmen Maroto Sáez. Administradores solidarios de Técnicas del Hierro, S.A. (sociedad escindida).
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