Está Vd. en

Documento BORME-C-2023-701

ZARAGOZANA DE DISTRIBUCIÓN, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD SEGREGADA)

COMERCIALIZADORA ZADISA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACION)

Publicado en:
«BORME» núm. 40, páginas 855 a 855 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-701

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que con fecha 21 de febrero de 2023, la junta general de la sociedad mercantil "Zaragozana de Distribución, S.L." (la sociedad segregada), ha adoptado el acuerdo de segregación de una rama de actividad como es la actividad de comercialización y distribución de bebidas, a favor de una sociedad limitada de nueva creación denominada "Comercializadora Zadisa, S.L.U." (la sociedad beneficiaria de la segregación), que adquiere por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones vinculados a la rama de actividad segregada, adjudicando al socio único, que es Zaragozana de Distribución, S.L., todas las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria de nueva creación.

Se hace constar que el acuerdo de segregación contiene una relación detallada de los elementos patrimoniales que componen la unidad económica segregada, en base al balance de la sociedad segregada cerrado a fecha 30 de septiembre de 2022, y todo ello de conformidad con el proyecto de segregación formulado en fecha 7 de diciembre de 2022 y correctamente depositado en el Registro Mercantil de Zaragoza.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 49.1 de la LME al haberse adoptado el acuerdo de segregación por el procedimiento simplificado previsto, por remisión a los artículos 73, 52.1, 78 bis y demás concordantes de la LME, no es necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de segregación, ni intervención de experto independiente, todo ello en aplicación del régimen simplificado citado.

Del mismo modo, en cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo de segregación adoptado y de la relación de activos y pasivos segregados, así como el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la segregación planteada con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de segregación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la LME.

Asimismo, se deja constancia que se puso a disposición de los trabajadores de la sociedad todos los documentos e información a que se refieren los artículos de la LME con carácter previo a la adopción del acuerdo de segregación.

Zaragoza, 21 de febrero de 2023.- Administrador único de Zaragozana de Distribución S.L, Doña María Ángeles Ruberte Herrero.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid