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Documento BORME-C-2023-5302

RUFFINI, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GRUPO SALTAMAR BARCELONA, S.L.U.
ALUMEC RUBI, S.L.U.
INDUSTRIAL CONSTRUCTORA DE MOLDES Y AFINES, S.A.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 147, páginas 6383 a 6383 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-5302

TEXTO

A los efectos de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, la "LME"), se anuncia que D. Guido Ruffini Forés, en su calidad de Socio Único de Ruffini, S.A.U. (Sociedad Absorbente) y de Grupo Saltamar Barcelona, S.L.U., a su vez, esta última, Socia Única de las sociedades Alumec Rubi, S.L.U. e Industrial Constructora de Moldes y Afines, S.A.U. (Sociedades Absorbidas) (en adelante las "Sociedades Intervinientes") adoptaron el 27 de julio de 2023 el acuerdo de fusión de las mismas, que se operará mediante la absorción de Alumec Rubi, S.L.U., Industrial Constructora de Moldes y Afines, S.A.U. y Grupo Saltamar Barcelona, S.L.U. (Sociedades Absorbidas) por parte de Ruffini, S.A.U. (Sociedad Absorbente), quedando, las Sociedades Absorbidas, disueltas y extinguidas sin liquidación, traspasando en bloque, a título universal, su patrimonio social a favor de la Sociedad Absorbente.

La fusión se realiza tomando como balances de fusión los de las sociedades participantes en la fusión cerrados a 31 de diciembre de 2022, aprobados por los Socios Únicos de las Sociedades Intervinientes en la presente fusión. La fecha a partir de la cual las operaciones de las Sociedades Absorbidas se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la Sociedad Absorbente, es el 1 de enero de 2023.

Se hace público el derecho que asiste a los socios, acreedores y trabajadores de las sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión, así como el derecho de las personas a las que hace referencia la Ley de obtener la información del artículo 39 de la LME.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores y obligacionistas de las sociedades intervinientes en la fusión, de oponerse a la misma durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio, todo ello, en los términos del artículo 44 de la referida LME.

Rubí, 27 de julio de 2023.- Guido Ruffini Forés, en su condición de Administrador Único de RuffinI, S.A.U. (Sociedad Absorbente) y Grupo Saltamar Barcelona, S.L.U. (Sociedad Absorbida), así como representante persona física de Grupo Saltamar Barcelona, S.L.U., a su vez, Administradora Única de Alumec Rubi, S.L.U. e Industrial Constructora de Moldes y Afines, S.A.U. (Sociedades Absorbidas).

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