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Documento BORME-C-2023-5169

AUTOPISTAS DE NAVARRA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 144, páginas 6236 a 6236 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2023-5169

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, y a los efectos de que los acreedores de la sociedad puedan ejercitar, en su caso, el derecho de oposición a la reducción, que se establece en el artículo 334 de la misma Ley, en el plazo establecido en su artículo 336, se anuncia que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Autopistas de Navarra, S.A., celebrada con carácter de universal, en su reunión del día 24 de julio de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:

Aprobar la reducción del capital social de la sociedad en la cantidad de 5.671.699,60 euros (CINCO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE EUROS CON SESENTA CENTIMOS), mediante la disminución del valor nominal de todas las acciones, desde su valor actual de 2,33 euros al valor de 2,13 euros, con entrega a los accionistas de aquella cantidad de 5.671.699,60 euros, en proporción a su participación en el capital de la sociedad, en concepto de devolución parcial de sus aportaciones.

Como consecuencia de la reducción de capital social acordado, el capital social pasará a ser de 60.403.600,74 euros, desde los 66.075.300,34 euros que era el capital anterior a la reducción. Procede por ello modificar los artículos 7 y 8 de los Estatutos sociales que, en adelante, tendrán la siguiente redacción:

Artículo 7º.- Capital social. El capital social se fija en la suma de SESENTA MILLONES CUATROCIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS EUROS CON SETENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (60.403.600,74 euros).

De conformidad con lo establecido en los números 7º y 9º del Título Primero del Pliego de Cláusulas del Concurso para la explotación de la Primera Fase de la Autopista de Navarra, aprobado por Acuerdo de la Diputación Foral de dicha Provincia de 13 de Septiembre de 1972, la Sociedad deberá aumentar el capital social en la medida y razón que sean necesarias para cumplir con lo dispuesto en el Pliego mencionado. Artículo 8º.- Acciones. Desembolso.

El capital social está representado por veintiocho millones trescientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos noventa y ocho acciones (28.358.498), nominativas, de dos euros con trece céntimos (2,13 euros) de valor nominal cada una, de la misma serie, numeradas correlativamente de la 1 a la 28.358.498, ambas inclusive.

Dichas acciones se hallan suscritas y desembolsadas en cuanto al cien por ciento de su valor nominal y totalmente liberadas. La ejecución del acuerdo de reducción de capital deberá ejecutarse dentro del plazo de tres meses.

Tajonar, 24 de julio de 2023.- Secretario no consejero del Consejo de Administración, Santiago del Pino Aguilera.

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