Está Vd. en

Documento BORME-C-2023-5161

REYAL URBIS, S.A., EN LIQUIDACIÓN
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INMOBILIARIA GRAN CAPITÁN, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 144, páginas 6228 a 6228 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-5161

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), se hace público que la Junta General de Accionistas de Reyal Urbis, S.A., en liquidación (la "Sociedad Absorbente") y el Socio Único de Inmobiliaria Gran Capitán, S.A.U. (la "Sociedad Absorbida") aprobaron, con fecha 24 de julio de 2023, (i) el Proyecto Común de Fusión, (ii) los respectivos Balances de Fusión, y (iii) la operación de fusión en sí misma (en los mismos términos y condiciones que los recogidos en el Proyecto Común de Fusión), de conformidad con lo previsto en el artículo 52.1 de la LME, en virtud de la cual Reyal Urbis, S.A. (en liquidación) absorbe a Inmobiliaria Gran Capitán, S.A.U., quedando la Sociedad Absorbida disuelta y extinguida sin liquidación, incorporando todo su activo y pasivo a la Sociedad Absorbente, que adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquélla (la "Fusión").

En la medida que la Sociedad Absorbida está íntegramente participada de forma directa por la Sociedad Absorbente, la fusión se ha aprobado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la LME.

De conformidad con el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la Fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión en sus respectivos domicilios sociales.

Asimismo, según lo previsto en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un (1) mes a contar desde la fecha de la última publicación de este anuncio, podrán oponerse a la Fusión los acreedores de las sociedades intervinientes hasta que se les garanticen sus créditos. No obstante, no gozarán de este derecho los acreedores cuyos créditos se encuentren ya suficientemente garantizados.

El presente anuncio se publicará en uno de los diarios de gran circulación en la provincia en la que la Sociedad Absorbente tiene su domicilio, de conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la LME y, asimismo, se publicará en la página web corporativa de la Sociedad Absorbente (www.reyalurbis.com).

Madrid a, 24 de julio de 2023.- Los administradores concursales de Reyal Urbis, S.A., en liquidación, BDO Auditores, S.L.P, debidamente representado por D. Pablo Albert Albert y la Agencia Estatal de Administración Tributaria, debidamente representada por D. Francisco del Valle Jiménez y, el Administrador Único de Inmobiliaria Gran Capitán, S.A.U, Reyal Urbis, S.A., en liquidación debidamente representado por D. José Antonio Ruiz García.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid