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Documento BORME-C-2023-4872

CARGADERO, S.L.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
JOSÉ LUIS MONTOSA, S.L.
MONTOSA RUIZ, S.L.
(SOCIEDADES PREEXISTENTES BENEFICIARIAS DE LA ESCISIÓN)
JOSÉ LUIS MONTOSA, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE TRAS LA ESCISIÓN)
UNIDAD MONTOSA RUIZ, S.L.
(SOCIEDAD PREEXISTENTE BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 137, páginas 5910 a 5910 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-4872

TEXTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 43 y 44, por remisión del artículo 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que el día 30 de junio de 2023, los socios de las citadas mercantiles acordaron por unanimidad llevar a cabo las siguientes operaciones de escisión total, así como, escisión parcial simultánea y sucesiva en unidad de acto:

1. La escisión total de CARGADERO, S.L.U. (como sociedad escindida totalmente), conforme al proyecto de escisión total común elaborado, con la extinción de la misma, mediante su disolución sin liquidación, con división de su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se transmitirá en bloque, por sucesión universal, a favor de dos sociedades beneficiarias preexistentes, MONTOSA RUIZ, S.L. y JOSÉ LUIS MONTOSA, S.L. (como sociedades preexistentes beneficiarias de la escisión).

2. La escisión parcial de forma simultánea y sucesiva de JOSÉ LUIS MONTOSA, S.L., que traspasará parte de su patrimonio a la sociedad preexistente, UNIDAD MONTOSA RUIZ, S.L. (como sociedad preexistente beneficiaria de la escisión).

Los acuerdos de escisión antes reseñados han sido adoptados en junta general universal de cada sociedad y por unanimidad de los socios de cada una de las sociedades, y ajustándose estrictamente al Proyecto Común de Escisión, de fecha 30 de junio de 2023, suscrito por todos y cada uno de los administradores de las sociedades escindidas y beneficiarias intervinientes, por lo que en virtud de lo previsto en el artículo 42 LME, aplicable por remisión del artículo 73.1 LME, no ha sido necesaria la publicación o el depósito previo del Proyecto ni el informe de los administradores sobre el mismo.

Así mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 LME se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cualquiera de las sociedades que intervienen de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de escisión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las respectivas compañías. Igualmente, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 44 y 73.1 LME, se hace constar el derecho de oposición de los acreedores de cada una de las sociedades participantes en los términos previstos en el artículo 44 LME, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio.

Málaga, 30 de junio de 2023.- El Administrador Solidario de Cargadero, S.L.U., Don José Luis Montosa González; el Secretario no consejero de José Luis Montosa, S.L., Don Gonzalo Bentabol Ramos; el Administrador Único de Montosa Ruiz, S.L., Don José Luis Montosa González y el Administrador Único de Unidad Montosa Ruiz, S.L., Don José Luis Montosa González.

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