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Documento BORME-C-2023-4869

SEGUROSBROKER COBERPLAN CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CIBERMULTIPÓLIZA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 137, páginas 5906 a 5906 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-4869

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

En cumplimento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el Socio único de las citadas sociedades, SHOPNET BROKERS, S.A., en decisión de 14 de junio de 2023 acordó la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de la sociedad absorbida a favor de la sociedad absorbente, quien adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la misma.

Dicha operación de fusión se aprobó con las menciones recogidas en el proyecto común de fusión, de fecha 14 de junio de 2023, redactado y suscrito por el administrador único de ambas sociedades. Asimismo, se aprobó el balance de fusión de las sociedades intervinientes en la fusión, cerrados a fecha 31 de diciembre de 2022.

Se trata de una fusión especial entre sociedades gemelas, asimilable a la absorción de sociedades íntegramente participadas, según lo establecido en el artículo 52 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, dado que absorbente y absorbida son sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52, apartado 1.º, de la Ley 3/ 2009 está absorción se lleva a cabo con disolución y extinción sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente que adquiere, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de aquéllas. Este proceso de integración se desarrolla sin ampliación del capital social ni relación de canje, ni en consecuencia intervención de experto. Tampoco serán necesarios ni los informes de administradores ni de expertos sobre el proyecto de fusión. Asimismo, se ha adoptado la decisión de aprobar el acogimiento de la operación de fusión al régimen de neutralidad fiscal. Las operaciones de la Sociedades Absorbida se considerarán realizadas por cuenta de la Sociedad Absorbente, a efectos contables, a partir del 1 de enero de 2023.

Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/ 2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de esta publicación.

Madrid, 14 de julio de 2023.- Administrador Único de Segurosbroker Coberplan Correduría de Seguros, S.L., y de Cibermultipóliza, S.L, Ángel Castro Jiménez.

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