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Documento BORME-C-2023-4626

ELECTRO-TARR 2017, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SUBMINISTRAMENTS ELECTRICS ELECTROLLEIDA, S.L.U.
ELECTRO TARR, S.C.C.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 129, páginas 5635 a 5635 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-4626

TEXTO

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles y el artículo 94 de la Ley12/2015, de 9 de julio de Cooperatives, se hace público que la Junta General de Socios de ELECTRO-TARR 2017, S.L. (sociedad absorbente), la socia única de SUBMINISTRAMENTS ELECTRICS ELECTROLLEIDA, S.L.U. y la Junta General de Socios de ELECTRO TARR, S.C.C.L. (sociedades absorbidas), han acordado en fecha 22 de junio de 2023, en base al proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de dichas sociedades, la fusión por absorción por parte de ELECTRO-TARR 2017, S.L. (sociedad absorbente), de SUBMINISTRAMENTS ELECTRICS ELECTROLLEIDA, S.L.U. y de ELECTRO TARR, S.C.C.L. (sociedades absorbidas), quedando las dos últimas disueltas, sin liquidación, sucediendo la absorbente en todo el patrimonio de las absorbidas y subrogándose en todos sus derechos y obligaciones. Siendo la sociedad absorbente la socia única de la mercantil SUBMINISTRAMENTS ELECTRICS ELECTROLLEIDA, S.L.U. y teniendo la sociedad absorbente y la entidad ELECTRO TARR, S.C.C.L. los mismos socios y en la misma participación, habiendo adoptado en sus sedes el acuerdo de la fusión en Juntas Generales con carácter universal y por unanimidad dos de ellas y por decisión de socia única la restante, la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la Ley, sin informe de los Administradores sobre el Proyecto de Fusión y sin necesidad de aumento de capital en la sociedad absorbente, ni informe de experto. Finalmente, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores y socios de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos de Junta y decisión de socio único adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho que corresponde a los acreedores de las sociedades a oponerse a la fusión en el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio de fusión, de conformidad con las disposiciones aplicables.

Tárrega, 29 de junio de 2023.- El Administrador único de Electro-Tarr 2017, S.L, Jordi Balasch Pijoan.

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