Está Vd. en

Documento BORME-C-2023-4339

ADABAR INVERSIONES, SICAV, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 120, páginas 5307 a 5308 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2023-4339

TEXTO

Anuncio relativo a las acciones de la sociedad ADABAR INVERSIONES, SICAV, S.A.

Con motivo de la fusión por absorción de la sociedad "ADABAR INVERSIONES, SICAV, S.A.", como Sociedad Absorbida, por "PROTEA UCITS II - NAO PATRIMONIO GLOBAL" (el "Compartimento Absorbente"), integrado en la sociedad de inversión de capital variable luxemburguesa "PROTEA UCITS II" (la "Sociedad Absorbente") (la "Fusión"), los accionistas de la Sociedad Absorbida pasarán a ser accionistas del Compartimento Absorbente, salvo que expresamente hayan hecho ejercicio de su derecho de oposición y/o reembolso.

No obstante lo anterior, el Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente ha establecido como condición necesaria para que un accionista del Compartimento Absorbente pueda tener una fracción de acción de hasta tres decimales del Compartimento Absorbente que el accionista tenga, al menos, una (1) acción del Compartimento Absorbente.

La Sociedad Absorbida pone de manifiesto que a 9 de junio de 2023, fecha del otorgamiento de la escritura pública de fusión, existe una situación particular en relación con diez (10) accionistas de la Sociedad Absorbida (los "Accionistas Minoritarios"), titulares de una (1) acción de la Sociedad Absorbida cada uno de ellos, habida cuenta de que, de conformidad con el proyecto común de la Fusión, la ecuación de canje será el resultado de dividir el Valor Liquidativo de la Sociedad Absorbida por el valor liquidativo del Compartimento Absorbente, que se corresponderá con el valor nominal de sus acciones, esto es CIEN EUROS (100 €) dado que éste no explotará ni gestionará ningún activo hasta que no se formalice la Fusión.

Como consecuencia de lo anterior. el tipo de canje de la Fusión aplicable a los Accionistas Minoritarios no alcanza el mínimo de inversión de una (1) acción del Compartimento absorbente establecido por el Consejo de Administración.

Por tanto, ante la ausencia de una solución que permita a la Sociedad Absorbente reconocer la posición de los Accionistas Minoritarios como accionistas del Compartimento Absorbente, y en aras de garantizar los derechos e intereses de los Accionistas Minoritarios, la Sociedad Absorbida ha constituido un depósito por valor de DIECIOCHO EUROS CON NOVENTA Y UN CÈNTIMOS DE EURO (18,91 €), valor representativo del importe total a ser reembolsado a los Accionistas Minoritarios, que no pasarán a ser accionistas del Compartimento Absorbente, en su condición de accionistas de la Sociedad Absorbida, y correspondiente al Valor Liquidativo de la Sociedad Absorbida al cierre de mercado del 8 de junio de 2023, que han sido ingresados en la fecha de otorgamiento de la escritura de fusión mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente de la que el Notario de Madrid Don Segismundo Alvarez Royo-Villanova que custodiará hasta que cualquiera de los Accionistas Minoritarios le requiera para que les entregue la porción que del mismo les corresponda, acreditando su identidad.

El plazo máximo de este depósito será de diez (10) años desde el 9 de junio de 2023, fecha del otorgamiento de la escritura pública de fusión.

Madrid, 22 de junio de 2023.- El Notario, Don Segismundo Alvarez Royo-Villanova.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid