Está Vd. en

Documento BORME-C-2023-4329

MANOHAY DENTAL, S.A.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
STRAUMANN SERVICES SPAIN, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 120, páginas 5297 a 5297 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-4329

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el Accionista Único de la sociedad Manohay Dental, S.A.U., sociedad parcialmente escindida ("Sociedad Escindida"), ha decidido con fecha 26 de junio de 2023 la escisión parcial de dicha sociedad (la "Escisión Parcial"), en virtud del artículo 78 bis LME, en favor de la sociedad beneficiaria de nueva creación Straumann Services Spain, S.L. ("Sociedad Beneficiaria"), que se constituirá simultáneamente y como consecuencia de la escisión parcial, adquiriendo la Sociedad Beneficiaria de nueva creación por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones integrantes de la parte del patrimonio escindido que se le ha atribuido, sin que la escisión parcial suponga la extinción de la Sociedad Escindida.

La Escisión Parcial se acordó ajustándose estrictamente al Proyecto de Escisión Parcial suscrito por todos los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad Escindida en fecha 22 de mayo de 2023.

Las participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria de nueva creación se atribuirán en su totalidad al Socio Único de la Sociedad Escindida.

Asimismo, se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad Escindida a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, no siendo necesario el informe de los administradores sobre el proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el balance de escisión en los términos previstos en el artículo 78 bis de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles. Del mismo modo se hace constar el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, de oponerse a la escisión total en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión parcial.

En Madrid, 26 de junio de 2023.- D. Antonio Luis Moutinho Da Costa, Presidente del Consejo de Administración de Manohay Dental, S.A.U.- Dña. Ana Hidalgo Benito, Vicesecretaria no Consejera del Consejo de Administración de Manohay Dental, S.A.U.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid