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Documento BORME-C-2023-3685

CORPORACIÓN FINANCIERA AZUAGA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
WALK THE LIGHT, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 102, páginas 4549 a 4549 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-3685

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que la junta general extraordinaria de socios de "Corporación Financiera Azuaga, S.L." (la "Sociedad Absorbente"), celebrada de manera universal el 24 de mayo de 2023, ha aprobado, por unanimidad, la fusión por absorción de "Walk The Light, S.L.U." (la "Sociedad Absorbida") por parte de la Sociedad Absorbente, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 18 de mayo de 2023 (el "Proyecto de Fusión").

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente (las "Sociedades a Fusionar") y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

En la medida en que las Sociedades a Fusionar son sociedades de responsabilidad limitada y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado por la junta general de la Sociedad Absorbente, de manera universal y por unanimidad de todos los socios, la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión.

Siendo de aplicación el artículo 49 LME, se hace constar que la operación de fusión ha sido únicamente aprobada por los socios de la Sociedad Absorbente sin que haya sido necesario contar con la aprobación de la operación de fusión por el socio único de la Sociedad Absorbida.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Sevilla, 24 de mayo de 2023.- Consejero delegado de la Sociedad Absorbente; y como representante de "Corporación Financiera Azuaga, S.L.", administrador único de la Sociedad Absorbida, D. Fernando Morales Alba.

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