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Documento BORME-C-2023-1351

GARLOU, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ABSORBENTE)
COMBUSTIBLES CIMADEVILA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 67, páginas 1696 a 1696 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-1351

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2019, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME") se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad GARLOU, S.L. (Sociedad Absorbente) celebrada el 3 de Abril de 2023, adoptó por unanimidad y de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 de dicha Ley, por estar la sociedad adsorbida íntegramente participada por la sociedad absorbente, el acuerdo de aprobar la fusión por absorción de la sociedad COMBUSTIBLES CIMADEVILA, S.L.U. (Sociedad Absorbida) por la sociedad GARLOU, S.L. (Sociedad Absorbente) sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 3 de Abril de 2023 formulado y suscrito por los administradores de las sociedades participantes en la fusión.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Adsorbente la cual adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma. Se han utilizado como Balances de fusión de ambas compañías, los balances cerrados a 31 de Diciembre de 2022, debidamente aprobados.

A los efectos anteriores, se pone de manifiesto que la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 49 de la LME, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la misma.

Según lo dispuesto en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por Ley, al haberse adoptado en Junta Universal y por unanimidad de todos los socios con derecho a voto.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades a Fusionar, de solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de Fusión por absorción adoptado y los balances de fusión y el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión por absorción con los efectos legalmente previstos en el artículo 44 de la LME en el plazo de un mes a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

Boiro, 3 de abril de 2023.- Administradores Mancomunados, Javier García Dieguez y Margarita Loureda Couceiro.

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