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Documento BORME-C-2023-1209

LINCE WOODY CROPS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 62, páginas 1507 a 1508 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2023-1209

TEXTO

A efectos de lo previsto en el artículo 319 y 343 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Ordinaria y Universal de Accionistas de la sociedad "LINCE WOODY CROPS, S.A celebrada el 28 de marzo de 2023 se acordó por unanimidad, entre otros, los siguientes acuerdos:

I. Cambiar la denominación social actual por la de "AGREECULTURE OLEO, SA" y modificación estatutaria complementaria.

II.- Reducción de capital a cero y aumento del capital simultáneos para el restablecimiento del equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas de conformidad con lo prevenido en el 343 de la Ley de Sociedades de Capital:

a) Reducción de capital social de la Sociedad a cero para compensar las pérdidas.

Se acordó por unanimidad reducir el capital social de la entidad en la cifra de cero euros, en el marco de la operación acordeón prevenida en el 343 de la Ley de Sociedades de Capital con la finalidad de reestablecer el equilibrio entre capital y patrimonio disminuido como consecuencia de pérdidas y simultáneamente a la ampliación de capital, quedando el capital circunstancialmente en la cifra de cero euros. La reducción afecta a todos los socios por igual y se efectúa mediante el procedimiento de amortizar la totalidad de las 88.109 acciones ordinarias nominativas (de 60,10 € de valor nominal) que representan la totalidad del capital social de la entidad, amortizando por tanto las acciones de todos los socios por su total valor nominal de 5.295.350,90.-€, quedando momentáneamente reducido el capital a la cantidad de cero euros, representado por cero acciones de valor nominal cero.

Dicha reducción de capital para compensación de pérdidas toma como referencia el balance cerrado a 31 de diciembre de 2022, que fue aprobado por unanimidad en la Junta de Accionistas y verificado por la firma de Auditoría AUDIREAL, S.L.P.

En tanto el acuerdo de reducción de capital social tiene por única función la compensación de pérdidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 335 a) de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores no gozan de derecho de oposición a la referida reducción de capital.

b) Ampliación de capital mediante aportación dineraria.

Se acordó por unanimidad ampliar el capital Social en la cifra de 3.000.000€, mediante la emisión de 3.000.000 de acciones ordinarias nominativas de 1,00€ de valor nominal cada una de ellas, numeradas a contar desde el 1 a la 3.000.000, ambas inclusive.

Se aprobó la suscripción y desembolso de las nuevas acciones en el mismo acto, y como consecuencia de la ampliación de capital acordada, el capital social, que está totalmente suscrito y desembolsado, se fija en la cifra de 3.000.000.-€, dividido y representado por 3.000.000 acciones ordinarias nominativas, de la misma clase y serie, de 1,00€ de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 3.000.000, ambos inclusive, totalmente suscritas y desembolsadas.

Ambos acuerdos de reducción y ampliación de capital simultáneos fueron adoptados en unidad de acto e implicaron la modificación del artículo 5º de los Estatutos Sociales relativo al capital social.

En Madrid, 29 de marzo de 2023.- El administrador único, D. David Caballero Vidal.

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