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Documento BORME-C-2022-940

HB FULLER ESPAÑA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
H.B. FULLER ADHESIVES SPAIN, S.L.U.
CYBERBOND IBERICA, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 51, páginas 1178 a 1178 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-940

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que, en fecha 14 de marzo de 2022, el socio único de HB FULLER ESPAÑA, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente") y H.B. FULLER ADHESIVES SPAIN, S.L.U. (la "Sociedad Absorbida I"), así como el socio único de CYBERBOND IBÉRICA S.L.U. (la "Sociedad Absorbida II", y junto con la Sociedad Absorbida I, las "Sociedades Absorbidas") estos son, las sociedades H.B. FULLER ADHESIVE FRANCE SAS, y H.B. FULLER ADHESIVES SPAIN, S.L.U., respectivamente, decidieron aprobar la fusión por absorción de las Sociedades Absorbidas por parte de la Sociedad Absorbente, quedando esta última como sociedad resultante, con la consiguiente disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y la transmisión en bloque de sus respectivos patrimonios a favor de la Sociedad Absorbente.

Todo ello, de conformidad con los balances de fusión de las tres sociedades cerrados a 30 de noviembre de 2021, debidamente aprobados, y con el proyecto común de fusión de fecha 2 de febrero de 2022, suscrito y aprobado el 1 de febrero de 2022 por los órganos de administración de cada una de las sociedades.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley, al haber sido adoptado por decisión de los correspondientes socios únicos. A los efectos anteriores, se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 49 de la LME.

Asimismo, se hace expresamente constar el derecho que asiste a los socios, así como a los acreedores de las sociedades participaciones en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión y demás información sobre la fusión, de acuerdo con lo recogido en el artículo 43 de la LME, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Madrid, 14 de marzo de 2022.- D. Enrique Valera y Martos, Secretario no consejero de HB Fuller España S.L.U.- D. Leopoldo Santana Larracochea, Secretario no consejero de H.B. Fuller Adhesives Spain S.L.U.- D. Robert Joseph Martsching, Administrador único de Cyberbond Ibérica S.L.U.

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