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Documento BORME-C-2022-80

HOTELES LORMOR, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ALM ASOCIADOS GLOBAL GESTION DE PATRIMONIO Y ACTIVOS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 5, páginas 98 a 98 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-80

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que el socio único de ALM ASOCIADOS GLOBAL GESTION DE PATRIMONIO Y ACTIVOS, S.L.U., el 1 de enero de 2022, dando al acto la naturaleza de Junta General Extraordinaria de socios celebrada con carácter de universal, aprobó la fusión por absorción de las sociedades siguientes: ALM ASOCIADOS GLOBAL GESTION DE PATRIMONIO Y ACTIVOS, S.L.U., como sociedad absorbida y de HOTELES LORMOR, S.L.U., como sociedad absorbente, con la entera transmisión en bloque del patrimonio social de la sociedad absorbida, que se extinguirá, mediante disolución sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones previstos en el proyecto común de fusión suscrito el día 1 de enero de 2022, por el Administrador Único de las sociedades participantes en la fusión, que fue aprobado por el socio único de la sociedad absorbida, entidad ésta titular del total del capital social de la absorbente.

La sociedad absorbente, HOTELES LORMOR, S.L.U., está íntegramente participada por la sociedad absorbida, ALM ASOCIADOS GLOBAL GESTION DE PATRIMONIO Y ACTIVOS, S.L.U., por lo que se trata de una fusión inversa.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la mencionada Ley 3/2009, no procede establecer tipo de canje de las participaciones, ni ampliar el capital social de la sociedad absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los Administradores y expertos independientes del proyecto común de fusión. No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la sociedad absorbente.

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la mencionada Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Madrid, 1 de enero de 2022.- Antonio Lorenzo Morante, Administrador único de Alm Asociados Global Gestion de Patrimonio y Activos S.L.U. y de Hoteles Lormor, S.L.U.

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