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Documento BORME-C-2022-6323

SELAÑAC SOL, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ROLIMED 17-26, SERVICIOS MÉDICOS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 190, páginas 7596 a 7596 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-6323

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de Selañac Sol, S.L. (Sociedad Absorbente) y el socio único de Rolimed 17-26, Servicios Médicos, S.L. (Sociedad Absorbida), aprobaron por unanimidad con fecha 14 de septiembre de 2022 la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por Selañac Sol, S.L. de Rolimed 17-26, Servicios Médicos, S.L., con extinción sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, con ampliación de capital y correspondiente modificación estatutaria en la sociedad absorbente, de acuerdo con los términos previstos en el proyecto de fusión.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión, en cada una de las sociedades que participan en la misma, en Junta universal y por unanimidad de todos los socios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no es necesario que el acuerdo de fusión adoptado se publique o que se depositen previamente los documentos exigidos por la Ley, ni la elaboración del informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, del proyecto y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de las sociedades que se fusionan, durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 14 de septiembre de 2022.- El Administrador Único de Selañac Sol, S.L., Don José Luis Martín del Yerro Coca, El Administrador Solidario de Rolimed 17-26, Servicios Médicos, S.L., Don Moisés Rod Amselem Belilty.

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