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Documento BORME-C-2022-5746

TORRES Y ASOCIADOS GABINETE DE SERVICIOS EMPRESARIALES, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
HERMANOS ESCUTIA S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 156, páginas 6943 a 6943 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-5746

TEXTO

Anuncio de Escisión parcial de rama de actividad. De conformidad con lo dispuesto en el art. 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), y por remisión del art. 73 del mismo texto legal, se hace público que las Juntas Generales y Universales de socios de TORRES Y ASOCIADOS GABINETE DE SERVICIOS EMPRESARIALES, S.L. (sociedad parcialmente escindida), y HERMANOS ESCUTIA S.L. (sociedad beneficiaria), acordaron con fecha 30 de Junio de 2022, aprobar por unanimidad la escisión parcial de TORRES Y ASOCIADOS GABINETE DE SERVICIOS EMPRESARIALES, S.L. que traspasará, sin extinguirse, una parte de su patrimonio social a favor de HERMANOS ESCUTIA S.L. quien adquirirá por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio segregado, consistente en la rama de actividad de arrendamiento y gestión inmobiliaria que constituye una unidad económica autónoma, todo ello de acuerdo con el Proyecto de Escisión parcial suscrito al efecto, de forma conjunta, por los Administradores de ambas sociedades.

El acuerdo de escisión parcial ha sido adoptado conforme al Proyecto común de escisión parcial redactado y suscrito por el órgano de administración de cada una de las sociedades que participan en la operación sin necesidad de su depósito en el Registro Mercantil, ni de informe de administradores ni expertos independientes, conforme autoriza el art. 42 LME.

La operación se realiza tomando como balance de escisión parcial el cerrado a 31 de diciembre de 2021, aprobado por la Junta General de Socios.

De conformidad con el articulo 43 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios, acreedores y trabajadores de las sociedades referidas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión parcial, así como el derecho de las personas a las que hace referencia la ley de obtener información del art. 39 LME. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión parcial, de oponerse a la misma durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio, en los términos establecidos en el art. 44 LME.

Monzón, 10 de agosto de 2022.- La administradora solidaria de las sociedades escindida y beneficiaria, Dña. María Victoria Escutia Dotti.

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