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Documento BORME-C-2022-4995

EKO END, SICAV, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 133, páginas 6054 a 6054 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2022-4995

TEXTO

Anuncio de transformación, reducción de capital y modificación estatutaria

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, con fecha 24 de junio de 2022, la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de EKO END, SICAV, S.A. (en adelante, la "Sociedad"), celebrada con carácter universal, ha adoptado, entre otros, los siguientes acuerdos:

a) Transformar la Sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada que no posea, por tanto, el estatuto de Institución de Inversión Colectiva, girando en lo sucesivo bajo la denominación "EKO END, S.L.", aprobándose asimismo el correspondiente balance de transformación.

b) Reducir el capital social de la Sociedad en la cifra de 19.639.430 €, mediante la amortización de 3.927.886 acciones, de 5 € de valor nominal cada una de ellas, que la Sociedad disponía en autocartera, con la finalidad de adaptar la cifra del capital social a la cifra del capital social en circulación; por tanto, la reducción de capital no supone devolución de aportaciones a los socios.

La nueva cifra de capital social de la Sociedad queda fijada en 4.360.570 €, dividido en 872.114 acciones de 5 € de valor nominal cada una, numeradas correlativamente de la 1 a la 872.114, ambas inclusive.

c) Aprobar los nuevos Estatutos Sociales de la Sociedad adecuándolos a la nueva forma social, que incluyen, entre otras, la modificación de la denominación social por la anteriormente indicada, el objeto social, el nuevo capital social y la modificación de la forma del órgano de administración de la Sociedad.

Se hace constar que toda vez que el acuerdo de transformación ha sido aprobado por decisión unánime de todos los socios que representan el 100% del capital social de la Sociedad con derecho a voto, no existe derecho de separación de los socios. Asimismo, se hace constar que no existen titulares de derechos especiales distintos de las acciones.

Asimismo, a efectos de lo dispuesto en el artículo 170 del Reglamento del Registro Mercantil, en concordancia con el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores de la Sociedad cuyos créditos no vencidos hayan nacido antes de la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción de capital tendrán el derecho de oponerse a la reducción, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo.

Madrid, 4 de julio de 2022.- El Administrador Único, Don Rogelio Dominguez Miniño.

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