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Documento BORME-C-2022-4925

GRUPO INGEMAR, SOCIEDAD LIMITADA

Publicado en:
«BORME» núm. 131, páginas 5974 a 5976 (3 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2022-4925

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 305 del Real Decreto 1/2010, de 2 de julio, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se realiza el presente anuncio a fin de posibilitar el ejercicio del derecho de preferencia que asiste a los socios de la mercantil GRUPO INGEMAR, S.L. en relación con la ampliación del capital social de la compañía acordada en la junta general celebrada el 30 de junio de 2022.

La junta general ordinaria y extraordinaria de la mercantil GRUPO INGEMAR, S.L. celebrada el 30 de junio de 2022, en el domicilio social, ha adoptado, entre otros, el acuerdo de ampliación, a la par o sin prima, del capital social de la compañía, fijado, tras la reducción de capital acordada en dicha junta y con carácter previo, en cuarenta y ocho mil quinientos catorce euros y treinta céntimos de euro (48.514,30 €), en el importe de UN MILLÓN NOVECIENTOS CUARENTA MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS EUROS (1.940.572 €), mediante la emisión de CIENTO NOVENTA Y CUATRO MILLONES CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTAS (194.057.200) participaciones sociales de clase A, de valor nominal de un céntimo de euro (0,01 €) cada una de ellas, numeradas de la 4.851.431 a la 198.908.630, ambas inclusive, con iguales derechos a las participaciones de clase A actualmente existentes, quedando fijado el capital social, en caso de suscripción y desembolso íntegro de la ampliación aprobada, en UN MILLÓN NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL OCHENTA Y SEIS EUROS Y TREINTA CÉNTIMOS DE EURO (1.989.086,30 €), dividido y representado en CIENTO NOVENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTAS OCHO MIL SEISCIENTAS TREINTA (198.908.630) participaciones sociales, de valor nominal de un céntimo de euro (0,01 €) cada una de ellas, numeradas de la 1 a la 198.908.630, ambas inclusive, divididas en dos grupos: Grupo A, conformado por 198.785.025 participaciones sociales, numeradas del 1 al 4.683.769 y del 4.807.375 al 198.908.630, todas ellas inclusive, y Grupo B, conformado por 123.605 participaciones sociales, numeradas del 4.683.770 al 4.807.374, ambos inclusive.

A los efectos del ejercicio del derecho de preferencia, se acordó que los socios pudieran asumir un número de participaciones sociales proporcional al valor nominal de las que posean o, lo que es lo mismo, igual al que resulte de aplicar el porcentaje que su participación represente en el capital social por el número de participaciones sociales creadas, lo que supone que los socios podrán asumir cuarenta (40) nuevas participaciones sociales de clase A creadas por cada participación social que ostenten en titularidad.

La ampliación de capital acordada es de carácter mixto, aprobándose que el desembolso de la ampliación de capital se realice mediante nuevas aportaciones dinerarias y mediante compensación de créditos. En concreto, respecto de 159.620.800 de las participaciones sociales de clase A emitidas, las números 39.287.831 a la 198.908.630, ambos inclusive, su contravalor, por importe total de 1.596.208 euros, consistirá en aportaciones dinerarias por el referido importe de 1.596.208 euros; respecto de las restantes 34.436.400 participaciones sociales de clase A emitidas, números 4.851.431 a 39.287.830, ambos inclusive, su contravalor, por importe total de 344.364 euros, consistirá en la compensación de créditos por el referido importe de 344.364 euros. Dichas 34.436.400 participaciones sociales de Clase A emitidas, números 4.851.431 a 39.287.830, ambos inclusive, ya han sido suscritas y desembolsadas en ejercicio del derecho de preferencia mediante compensación de créditos titularidad del socio suscriptor.

Respecto de las restantes nuevas participaciones sociales creadas (159.620.800 participaciones sociales de clase A, números 39.287.831 a la 198.908.630, ambos inclusive), su desembolso habrá de ser dinerario, correspondiendo a los restantes socios de la compañía, con exclusión del socio suscriptor de las 34.436.400 participaciones sociales de clase A emitidas, números 4.851.431 a 39.287.830, ambos inclusive, el derecho de su asunción preferente de primer grado o en primera vuelta.

El procedimiento para el ejercicio del derecho de suscripción preferente será el que sigue:

· Los socios podrán ejercer su derecho de suscripción preferente durante el plazo de un (1) mes a contar desde la presente publicación del anuncio de la oferta de suscripción de las nuevas participaciones sociales en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

· Durante el mes establecido al efecto para el ejercicio del derecho de preferencia, los socios deberán remitir a la Sociedad, al domicilio social -sito en Guitiriz (Lugo), carretera al Campamento Militar Parga, s/n, la correspondiente comunicación, conforme al modelo que seguidamente se indica, debidamente cumplimentado y firmado, remitida a través de cualquier medio que acredite su recepción, poniendo de manifiesto la voluntad de asumir las participaciones sociales creadas que les correspondan y adjuntando el justificante consistente en el correspondiente certificado bancario acreditativo del ingreso del total nominal de las participaciones sociales suscritas en la cuenta corriente abierta a nombre de la Sociedad en la entidad financiera BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. (BBVA), cuenta número ES9601823010190201552801, indicando como concepto del ingreso "suscripción ampliación de capital".

El modelo de comunicación es el siguiente:

[®], en su condición de socio de GRUPO INGEMAR, S.L., titular de [®] participaciones sociales, con la siguiente numeración: [®], todos ellos incluidos, manifiesta su voluntad de suscribir, en ejercicio del derecho de suscripción preferente que le asiste, [®] de las participaciones sociales de clase A creadas y desembolsar al efecto, de manera dineraria, el importe de [®] euros, correspondiente al valor nominal de las referidas participaciones sociales, a razón de un céntimo de euro (0,01 €) por participación. Se acredita, mediante el correspondiente certificado bancario, el efectivo desembolso del valor nominal correspondiente a las participaciones sociales suscritas.

Se facilitan los siguientes datos a efectos de contacto: [®] (añadir dirección postal, correo electrónico y teléfono de contacto del socio firmante).

Firma: [®] (identificación de los datos del socio -nombre, apellidos y DNI- y firma)

· Una vez finalizado el plazo de un mes indicado, el órgano de administración, en el plazo de cinco (5) días hábiles, comprobará las suscripciones producidas y los efectivos desembolsos efectuados y, en caso de que apreciare algún defecto, lo comunicará al socio afectado para que, en un plazo de dos (2) días hábiles desde dicha comunicación, subsane el defecto detectado. Si en dicho plazo no fuera subsanado el defecto, se entenderá que el socio renuncia totalmente al derecho de suscripción preferente que le asiste.

· Las participaciones no asumidas en el ejercicio del derecho de preferencia serán ofrecidas por el órgano de administración a los socios que lo hubieren ejercitado, para su asunción y desembolso durante un plazo de quince días desde la conclusión del establecido para la asunción preferente -es decir, desde el transcurso de un mes, contado de fecha a fecha, a computar desde la publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del presente anuncio-. Los socios en cuestión deberán ejercitar este nuevo derecho de preferencia de segundo grado de nuevo remitiendo a la Sociedad -al domicilio social- una comunicación expresa, a través de cualquier medio que acredite su recepción. Si existieren varios socios interesados en asumir las participaciones ofrecidas, éstas se adjudicarán en proporción a las que cada uno de ellos ya tuviere en la sociedad.

En caso de ejercicio del derecho de preferencia de segundo grado por parte del socio suscriptor de 34.436.400 participaciones sociales de clase A emitidas, números 4.851.431 a 39.287.830, ambos inclusive, cuyo contravalor ha consistido en compensación de créditos de su titularidad contra la Sociedad por importe total de 344.364 euros y dado que en su caso y de acuerdo con el contenido del acuerdo de ampliación del capital social acordado en la junta general celebrada el día 30 de junio, la suscripción y desembolso en ejercicio del referido derecho de preferencia de segundo grado habrá de efectuarse asimismo mediante compensación de créditos de su titularidad contra la Sociedad de carácter líquido, vencido y exigible, en la comunicación remitida al efecto indicará los créditos compensados.

En el caso de los restantes socios que ejercieren el referido derecho de preferencia de segundo grado, dado que el desembolso de las participaciones suscritas ha de ser dinerario, habrán de adjuntar, a la comunicación expresa de ejercicio de su derecho, un certificado bancario acreditativo del desembolso del valor nominal de las participaciones sociales suscritas mediante transferencia bancaria a la cuenta antes indicada titularidad de la Sociedad.

Cuando el aumento del capital no se haya suscrito íntegramente dentro del plazo fijado al efecto en los términos indicados, el capital social se aumentará en la cuantía de las suscripciones efectivamente efectuadas y el órgano de administración fijará la cifra de capital social suscrita en atención a las suscripciones remitidas y procederá a otorgar la oportuna escritura de aumento de capital.

En Guitiriz, 6 de julio de 2022.- Los administradores mancomunados, Dª. Mª Aránzazu Fernández García y D. José Luis Antuña González.

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