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Documento BORME-C-2022-4823

CARTERA TRAMO I, SICAV, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 128, páginas 5859 a 5859 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2022-4823

TEXTO

Conforme al artículo 14 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), se hace público que la Junta General Ordinaria y Extraordinaria y Universal de Accionistas de la mercantil "CARTERA TRAMO I, SICAV, S.A." (la "Sociedad"), celebrada en fecha 28 de junio de 2022, acordó por unanimidad, entre otras decisiones: Aprobar la transformación de la SICAV a Sociedad de Responsabilidad Limitada; aprobar el balance de transformación; aprobar el nuevo texto refundido de los Estatutos Sociales adaptado al régimen jurídico de las Sociedades de Responsabilidad Limitada, modificando la cifra de capital social, el domicilio social, el objeto social y la denominación social, en lo respectivo al tipo de sociedad, pasando a denominarse "CARTERA TRAMO I, S.L."; y cesando a los miembros del Consejo de Administración y nombrando a un Administrador único. Se hace constar que no existen en la Sociedad titulares de derechos especiales distintos de las acciones.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital (la "LSC"), se hace público que la Junta General también acordó por unanimidad reducir el capital social en la cuantía de 1.905.870 euros, quedando fijado en 2.029.890 euros, mediante la amortización y anulación de 190.587 acciones, de 10 euros de valor nominal cada una de ellas, con la finalidad de amortizar la autocartera de la Sociedad, con cargo a reservas de libre disposición. A los efectos oportunos, se hace constar que la Sociedad adquirió las citadas acciones propias objeto de amortización en pleno cumplimiento de todos los requisitos exigidos por el artículo 146 de la LSC. La reducción de capital social no entraña devolución de aportaciones por ser la propia Sociedad la titular de las acciones amortizadas.

Asimismo, la Junta General acordó, conforme al artículo 335.c) de la LSC, efectuar la reducción con cargo a reservas de libre disposición y dotar con cargo a reservas libres una reserva por importe del valor nominal de las acciones objeto de amortización, de la que solo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción del capital social. En consecuencia, de conformidad con dicho artículo, los acreedores de la Sociedad no tendrán el derecho de oposición previsto en el artículo 334 de la LSC en relación con la reducción de capital acordada. Finalmente, como resultado de todo lo anterior, se acordó modificar el artículo 5º de los Estatutos Sociales.

En Madrid a, 1 de julio de 2022.- El Administrador único, D. Juan Antonio Trujillo del Valle.

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