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Documento BORME-C-2022-4698

EUROCONSULT NUEVAS TECNOLOGIAS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 124, páginas 5720 a 5721 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2022-4698

TEXTO

Anuncio Acuerdo Reducción y Simultanea Ampliación de Capital por Compensación de Créditos

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de la sociedad Euroconsult Nuevas Tecnologias, S.A., celebrada el 29 de junio de 2022 en el domicilio social, con asistencia del 100 por 100 del capital social, adoptó por unanimidad los siguientes acuerdos:

1. Reducción del capital social previa compensación parcial de pérdidas con cargo a la totalidad de las reservas, mediante la disminución del valor nominal de las acciones de la Sociedad:

1.1 Compensación de los resultados negativos de ejercicios anteriores de la Sociedad, los cuales ascienden a la cantidad de -5.750.431 €, con cargo a las reservas de la misma, en el importe concurrente, esto es, en 2.402.303 €. De este modo, a resultas de la compensación de pérdidas anteriormente acordada, la Sociedad carece de reserva alguna y el saldo resultante de la cuenta de resultados de ejercicios anteriores asciende a la cantidad negativa de -3.348,128 €.

1.2 Reducción de capital social en la cuantía de 996.000,00 € mediante la disminución del valor nominal de las 4.000 acciones de las que se compone el capital social, pasando su valor a ser de 250 € a 1 €, cada una de ellas, con la finalidad de compensar las pérdidas acumuladas en base al balance cerrado a 31 de diciembre de 2021. En tal sentido, el capital social de la compañía pasará a quedar en 4.000 €, conformado por 4.000 acciones de 1 € de valor nominal cada una de ellas.

La finalidad de la reducción de capital es el restablecimiento del equilibrio entre el capital y el patrimonio contable de la Sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas procedentes de ejercicios anteriores, aplicándose el importe de la reducción de capital a compensar totalmente las reservas negativas registradas en la cuenta "resultados negativos de ejercicios anteriores" y constituir una reserva legal no superior al 10% del capital resultante de la reducción de capital aprobada en esta Junta General de Accionistas.

Se hace constar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 323 de la Ley de Sociedades de Capital, la reducción de capital social se ha aprobado sobre la base del balance de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2021 aprobado en Junta General y debidamente verificado por la entidad auditora de cuentas Vaciero Auditores, S.L., del que resulta que después de la reducción de capital no hay ninguna reserva voluntaria ni hay reserva legal que supere, después de la reducción, el 10% del capital social, según resulta del informe de auditoría. Dicho balance e informe del auditor se incorporarán a la escritura pública de reducción de capital.

La adopción de este acuerdo afecta por igual a todas las acciones que componen el capital de la Sociedad, sin que exista disparidad de trato entre ellas.

En virtud del artículo 335.a) de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores no gozan de derecho de oposición a la presente operación de reducción de capital. En consecuencia, la reducción tendrá eficacia inmediata por la sola decisión de la Junta General.

2. Simultánea ampliación hasta la cifra de 3.667.672 € mediante compensación de créditos vencidos, líquidos y exigibles, con emisión y puesta en circulación de 3.663.672 nuevas acciones nominativas de igual valor nominal (1 €), numeradas correlativamente del (4.001 al 3.667.672), ambos inclusive, de iguales derechos políticos y económicos que las actualmente en circulación, con las que formarán una sola serie. El desembolso del capital social en la cifra de los 3.663.672 € se efectúa mediante compensación con la deuda resultante del importe pendiente de créditos, reconocidos en sede del concurso de la Sociedad tramitado ante el Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid (Autos 900/2019), tras la aplicación de las quitas previstas por modificación de convenio aprobado por sentencia firme de 10 de febrero de 2022, crédito que cumple con los requisitos del art. 301.1 LSC conforme a la certificación de los Auditores de la sociedad de fecha 28 de junio de 2022.

3. Como consecuencia de estas operaciones, se acordó por unanimidad modificar el artículo 6 de los Estatutos sociales, el cual quedó redactado como sigue: "Artículo 6.- El capital social se fija en la suma de tres millones seiscientos sesenta y siete mil seiscientos setenta y dos euros (3.667.672 euros), representado y dividido en 3.667.672 acciones ordinarias nominativas, de una sola serie, de 1 € de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 3.667.672, ambos inclusive, totalmente suscritas y desembolsadas y con iguales derechos y obligaciones."

4. Se aprobó, asimismo, facultar al Administrador único de la Sociedad, Don Leonardo Jacques Bounatian Benatov Vega para que compareciera ante Notario y elevara a público los acuerdos inscribibles en el Registro Mercantil.

Madrid, 29 de junio de 2022.- El Administrador único, Don Leonardo Jacques Bounatian Benatov Vega.

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