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Documento BORME-C-2022-4672

TOTAL GAMING SYSTEMS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PATRONCE, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 124, páginas 5686 a 5687 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-4672

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, «LME»), se hace público que el socio único de Total Gaming Systems, S.L.U. y Patronce, S.L.U. ha decidido, mediante un Acta de consignación de decisiones, ambas de fecha 24 de junio de 2022, aprobar la fusión por absorción de ambas sociedades, consistente en la absorción de la sociedad Patronce, S.L.U. (sociedad absorbida), por parte de Total Gaming Systems, S.L.U. (sociedad absorbente), con la consecuente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y la transmisión a título universal del patrimonio íntegro de dicha sociedad a la absorbente, todo ello en los términos y condiciones que se indican en el Proyecto Común de Fusión de fecha 20 de junio de 2022, que ha sido emitido por el administrador único de la sociedad absorbente y los administradores mancomunados de la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto Común de Fusión, al ser adoptado en los términos previstos en el artículo 52.1 de la LME, que recoge el supuesto asimilado legalmente a la absorción de sociedades íntegramente participadas, dado que la sociedad absorbente y la sociedad absorbida son sociedades íntegramente participadas de forma directa e igualitaria por el mismo socio único, que es Organización Nacional de Ciegos Españoles, siendo de aplicación los artículos 42 y 49.1 de la LME, relativos a la aprobación de los acuerdos de fusión de forma unánime por el socio de la entidad absorbente y absorbida y a la absorción de sociedad íntegramente participada por la sociedad absorbente.

De este modo el patrimonio de la sociedad absorbida pasará a integrarse como reservas de la sociedad absorbente por el valor de sus fondos propios a 31 de diciembre de 2021, de conformidad con los Balances de Fusión de dicha fecha.

Asimismo, se informa del derecho de oposición que corresponde a los acreedores en los términos y con los efectos legalmente previstos en el artículo 44 de la LME, en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión.

Se hace constar expresamente, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener de manera gratuita en el domicilio social de la sociedad absorbida, sito en la calle Prado, número 24, 28.014, Madrid, el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado, los balances de fusión, así como las condiciones de ejercicio del derecho de oposición que en su caso correspondan a los acreedores.

No existen obligacionistas ni ninguna clase de participaciones especiales o privilegiadas, ni personas que tengan derechos especiales distintos de las participaciones, ni se contempla el otorgamiento de ventajas de cualquier clase a favor de los miembros del órgano de administración de las sociedades intervinientes en la Fusión.

En Madrid, 25 de junio de 2022.- Total Gaming Systems, S.L.U., y Patronce, S.L.U., firmado por los administradores mancomunados de la primera, Don Ángel Sánchez Cánovas y Don Patricio Cárceles Sánchez, y el administrador único de la segunda, Don Ángel Sánchez Cánovas.

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