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Documento BORME-C-2022-3765

OSS FITNESS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ETENON FITNESS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 102, páginas 4622 a 4622 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-3765

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49, por remisión del artículo 52 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, se hace público que el socio único de las sociedades OSS FITNESS S.L.U. y de ETENON FITNESS S.L.U., ha aprobado la fusión por absorción de la segunda (sociedad absorbida) por parte de la primera (sociedad absorbente), con la entera transmisión en bloque del patrimonio social de la sociedad absorbida que se extinguirá mediante disolución sin liquidación y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones a la sociedad absorbente. Todo ello, en los términos y condiciones previstos en el proyecto común de fusión suscrito el día 30 de abril de 2022, por el administrador único de cada una de las sociedades participantes en la fusión y que fue aprobado por el socio único de cada una de ellas.

La fusión tiene carácter de impropia, al tratarse de sociedades íntegramente participadas por el mismo socio único. En consecuencia, no procede establecer tipo de canje de participaciones sociales, ni tampoco ampliar el capital social de la sociedad absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes del proyecto común de fusión. Como consecuencia de la fusión se producirá una modificación estatutaria en los estatutos sociales de la sociedad absorbente, OSS FITNESS S.L.U., concretamente en su artículo 1.- "DENOMINACIÓN Y OBJETO SOCIAL", ya que a partir de la fecha de inscripción de esta Fusión en el Registro Mercantil correspondiente, está sociedad continuará operando bajo la denominación social de la sociedad absorbida, es decir, con la denominación social de ETENON FITNESS S.L. (Sociedad Unipersonal).

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la mencionada Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión, tanto la sociedad absorbente como la sociedad absorbida, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades, absorbente y absorbida, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Jaén, 24 de mayo de 2022.- Administrador único de ambas sociedades, Rafael Rodríguez Gallardo.

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