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Documento BORME-C-2021-8601

LUCHANA 23, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 247, páginas 10286 a 10286 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2021-8601

TEXTO

Según lo previsto en los artículos 319 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de sociedades de capital (en adelante, LSC) y 170 del Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil, se anuncia que la Junta General Extraordinaria de carácter Universal de accionistas de la sociedad LUCHANA 23, S.A. (en adelante, la Sociedad), celebrada el día 20 de diciembre de 2021, bajo los puntos primero, segundo y tercero de su orden del día, adoptó, por unanimidad, reducir el capital social de la Sociedad, actualmente fijado en la total cantidad de siete millones doscientos doce mil euros (7.212.000,00 €), en un importe de ochocientos catorce mil trescientos cincuenta y cinco euros (814.355,00 €), quedando fijado el nuevo capital de la Sociedad en la total cantidad de seis millones trescientos noventa y siete mil seiscientos cuarenta y cinco euros (6.397.645,00 €), mediante la amortización y anulación de todas las acciones cuya titularidad corresponde al accionista Promociones Inmobiliarias Loya, S.A., por un total de trece mil quinientas cincuenta (13.550), numeradas correlativamente de la 21.701 a la 22.500, de la 29.826 a la 30.000, de la 32.376 a la 32.500, de la 53.751 a la 55.000, de la 59.801 a la 60.000, de la 94.001 a la 100.000, y de la 112.001 a la 117.000, por un valor nominal de sesenta euros con diez céntimos (60,10 €) cada una de ellas.

La finalidad de la reducción de capital acordada es la restitución/devolución de las aportaciones realizadas por el accionista Promociones Inmobiliarias Loya, S.A. (artículo 317.1 LSC), por un valor de ciento noventa y dos euros con cincuenta y cinco céntimos (192,55 €) por acción, lo que implica un desembolso total por importe de dos millones seiscientos nueve mil cincuenta y dos euros con cincuenta céntimos (2.609.052,50 €). La ejecución definitiva del acuerdo de reducción de capital se llevará a cabo transcurrido que fuere el plazo de un mes desde su preceptiva publicación (artículo 336 LSC). De conformidad con lo dispuesto en los artículos 293 y 329 LSC, y 159 RRM, el acuerdo de reducción de capital fue objeto de votación separada por parte de todos los accionistas interesados, y aprobado por éstos de forma unánime.

Asimismo, y como consecuencia de lo anterior, también se acordó por unanimidad: (i) la reagrupación, renumeración y reasignación de las acciones que integran el capital social, a los fines de procurar y garantizar su numeración correlativa; y (ii) dar nueva redacción al artículo 5.º de los estatutos sociales de la Sociedad, en los términos que a continuación se transcriben: "El Capital Social es de SEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO EUROS (6.397.645,00 €), dividido en ciento seis mil cuatrocientas cincuenta (106.450) acciones de sesenta euros con diez céntimos (60,10 €) cada una de ellas, y numeradas correlativamente del número 1 al 106.450, ambos inclusive, íntegramente suscritas y desembolsadas, pertenecientes a una misma clase y serie".

Todo lo anterior se hace público a los efectos de que los posibles acreedores de la Sociedad puedan ejercitar el derecho de oposición al acuerdo adoptado en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 334 y 336 LSC.

Madrid, 22 de diciembre de 2021.- La Administradora única, María del Carmen López Saturio.

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