Está Vd. en

Documento BORME-C-2021-8552

SPORT INCA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 245, páginas 10229 a 10230 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2021-8552

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 11.bis y 319 de la L.S.C., se pone en conocimiento de los señores accionistas que en la Junta General de Accionistas de SPORT INCA SA, celebrada en primera convocatoria el día tres de marzo de 2021, según convocatoria realizada mediante anuncio publicado en la página web www.sociedadsportinca.es el día 30 de enero de 2021, y con asistencia presencial o mediante representación del 65.71 % del total capital suscrito, totalmente suscrito y desembolsado, se ha adoptado por unanimidad el acuerdo de reducir el capital a cero euros y simultanea ampliación de capital, con la finalidad restablecer el equilibrio patrimonial, lo que se llevó a cabo mediante la adopción, entre otros, de los siguientes acuerdos:

1º.- Aprobar el balance cerrado a 30 de septiembre de 2020 así como el correspondiente informe de auditoría, en el que se manifiesta que a esa fecha del balance "como consecuencia de las pérdidas recurrentes, el patrimonio neto es negativo y por tanto inferior a la mitad del capital social en los términos previstos en el art. 363, de la LSC" y de conformidad con los mismos y a los efectos de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto, en el que las partidas de prima de emisión y de reservas quedan absorbidas por la de los resultados negativos de ejercicios anteriores, se acordó por unanimidad una reducción del capital social por la totalidad de su importe de 143.085'69 €, totalmente desembolsados, hasta dejarlo en la cifra de cero euros, (0 €), mediante la amortización de la totalidad de las 3.333 acciones al portador en que se divide el capital de la sociedad, de 42'93 € de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del nº 1 al nº 3.333, ambas inclusive, procediéndose a la anulación e inutilización de los títulos representativos de las acciones al portador hasta ahora en circulación.

En virtud de lo dispuesto en el art. 344 de la LSC, la eficacia del acuerdo del acuerdo de reducción de capital quedó condicionada a la ejecución del acuerdo de ampliación de capital simultáneo adoptado en el punto siguiente del orden del día.

En aplicación del artículo 335 a) de la LSC, atendida la finalidad de la reducción de capital, los acreedores no podrán oponerse a la misma.

2º.- A la vista del informe del Consejo de Administración y de la certificación del auditor de cuentas acreditando ser exactos los datos sobre los créditos a compensar, se acordó por unanimidad formalizar un aumento de capital social, con carácter simultáneo a la reducción de capital aprobada anteriormente, hasta la cantidad de 166.252 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 166.252 nuevas acciones al portador de un euro de valor nominal cada una de ellas, sin prima de emisión, de la misma clase y serie y con los mismos derechos y obligaciones, autorizándose expresamente la suscripción parcial o incompleta.

La suscripción podrá realizarse tanto mediante aportaciones dinerarias como mediante compensación de créditos, vencidos, líquidos y exigibles, conforme a los informes y certificaciones referidos en este mismo punto.

A esta ampliación de capital y al efecto de que los accionistas de la sociedad puedan ver satisfecho su derecho de adquisición preferente previo a la reducción de capital, todos y cada uno de ellos podrán acudir a la ampliación suscribiendo un número de acciones proporcional al valor nominal de las acciones que poseían previamente a la reducción de capital aprobada anteriormente, y que, en su caso, deberán suscribirse en los términos aprobados en la misma junta y en el plazo de un mes a contar desde la correspondiente del anuncio de la oferta de suscripción de nuevas acciones en el BORME.

3º.- El Consejo de Administración, en virtud de la delegación de facultades que se le otorgó en la misma Junta y por unanimidad, declarará, finalmente, cerrada la ampliación de capital en la cifra efectivamente asumida y desembolsada, procediendo a asignar la numeración de las acciones suscritas y totalmente desembolsadas por cada accionista, indicando las que correspondan con cargo a la compensación de créditos, y a modificar el artículo 7º de los Estatutos Sociales de la SA (relativo al capital social), en dichos términos.

Inca, 4 de marzo de 2021.- El presidente del Consejo de Administración, Don Alfonso Durán Hernández.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid