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Documento BORME-C-2021-8542

COMERCIAL DE PROTECCION CONTRA INCENDIOS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 245, páginas 10218 a 10219 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2021-8542

TEXTO

Anuncio de reducción de capital social para restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la sociedad disminuido por pérdidas, posterior reducción de capital para incrementar reserva legal y posterior reducción de capital para constituir reserva voluntaria.

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que, en fecha 15 de diciembre de 2021, la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de Comercial de Protección Contra Incendios, S.A., adoptó, por unanimidad, los siguientes acuerdos:

1.- Se acuerda reducir capital social para restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la sociedad disminuido por pérdidas.

Con un capital social de 481.600,00 euros, previa aplicación de pérdidas por importe de 96.320 euros contra la totalidad de la reserva legal, con la aplicación de 390.400,00 euros de pérdidas contra capital social, éste queda establecido en 91.200,00 euros, mediante la disminución del valor nominal de las acciones, de forma que pasan de tener un valor nominal de 12,04 a tener un valor nominal de 2,28 euros manteniéndose el número de acciones en que se divide el capital social en 40.000, restando unas pérdidas de 86,12 euros, aplicado a resultado negativo de ejercicios anteriores.

2.- Se acuerda reducir capital social para para incrementar reserva legal.

Con un capital social de 91.200,00 euros, mediante la reducción de capital por importe de 8.000,00 euros para incrementar la reserva legal, éste queda establecido en 83.200,00 euros, mediante la disminución del valor nominal de las acciones, de forma que pasan de tener un valor nominal de 2,28 a tener un valor nominal de 2,08 euros manteniéndose el número de acciones en que se divide el capital social en 40.000. El importe resultante de la reserva legal no excede del 10 por 100 del capital social de la Sociedad.

3.- Se acuerda reducir capital social para para constituir la reserva voluntaria.

Con un capital social de 83.200,00 euros, mediante la reducción de capital por importe de 8.200,00 euros para constituir la reserva voluntaria, éste queda establecido en 75.000,00 euros, mediante la disminución del valor nominal de las acciones, de forma que pasan de tener un valor nominal de 2,08 a tener un valor nominal de 1,875 euros manteniéndose el número de acciones en que se divide el capital social en 40.000.

Los socios asumen una responsabilidad solidaria con la sociedad del pago de las deudas sociales contraídas con anterioridad a la fecha en que la reducción de capital social fuera oponible a terceros y por el plazo de 5 años a contar desde dicha fecha, por un importe máximo igual al de la reducción de capital social.

En consecuencia de las operaciones descritas, se acordó por unanimidad modificar los artículos 6 y 7 de los Estatutos Sociales.

Se pone en conocimiento de los acreedores de la Sociedad que podrán ejercitar su derecho de oposición en los términos previstos en los artículos 334 a 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

En Getafe (Madrid), 20 de diciembre de 2021.- El Administrador único, Manuel Rodriguez Cañas.

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