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Documento BORME-C-2021-7902

PV HERRERA SOLAR I, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PV HERRERA SOLAR II, S.L.
PV HERRERA SOLAR III, S.L.
PV HERRERA SOLAR IV, S.L.
PV HERRERA SOLAR V, S.L.
PV HERRERA SOLAR VI, S.L.
PV HERRERA SOLAR VII, S.L.
PV HERRERA SOLAR VIII, S.L.
PV HERRERA SOLAR IX, S.L.
PV HERRERA SOLAR X, S.L.
PV HERRERA SOLAR XI, S.L.
PV HERRERA SOLAR XII, S.L.
PV HERRERA SOLAR XIII, S.L.
PV HERRERA SOLAR XIV, S.L.
PV HERRERA SOLAR XV, S.L.
PV HERRERA SOLAR XVI, S.L.
PV HERRERA SOLAR XVII, S.L.
PV HERRERA SOLAR XVIII, S.L.
PV HERRERA SOLAR XIX, S.L.
PV HERRERA SOLAR XX, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 224, páginas 9506 a 9506 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-7902

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), se hace público que la junta general de socios de la sociedad PV HERRERA SOLAR I, S.L. (la "Sociedad Absorbente") aprobó el día 30 de junio de 2021 su fusión, mediante la absorción de las sociedades PV Herrera Solar II, S.L., PV Herrera Solar III, S.L, PV Herrera Solar IV, S.L., PV Herrera Solar V, S.L., PV Herrera Solar VI S.L., PV Herrera Solar VII, S.L., PV Herrera Solar VIII, S.L., PV Herrera Solar IX, S.L., PV Herrera Solar X, S.L., PV Herrera Solar XI, S.L., PV Herrera Solar XII, S.L., PV Herrera Solar XIII, S.L., PV Herrera Solar XIV, S.L., PV Herrera Solar XV, S.L., PV Herrera Solar XVI, S.L, PV Herrera Solar XVII S.L., PV Herrera Solar XVIII, S.L., PV Herrera Solar XIX, S.L y PV Herrera Solar XX, S.L. (las "Sociedades Absorbidas") por parte de la Sociedad Absorbente con la consiguiente disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y el traspaso en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente. En la medida en que la Sociedad Absorbente y las Sociedades Absorbidas están participadas de forma indirecta por el mismo socio, y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado por unanimidad por la junta general universal de socios de la Sociedad Absorbente, la fusión se ha aprobado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52.1, 42 y 49.1 de la LME.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores sociales de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos señalados en el artículo 44 de la LME.

Madrid, 16 de noviembre de 2021.- Los Administradores mancomunados de la Sociedad Absorbente, Juan Jaquete Pastor y Pedro Alejandro Sanabria Smith.

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