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Documento BORME-C-2021-7036

NETTHINK IBERIA, S.L.U.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
CARAT ESPAÑA, S.A.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 207, páginas 8519 a 8519 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-7036

TEXTO

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73 LME, se hace público que, en fecha 25 de octubre de 2021, el accionista único de la sociedad Carat España, S.A.U., esto es Dentsu One Spain, S.L.U., y el socio único de la sociedad Netthink Iberia, S.L.U., esto es Carat España, S.A.U., han decidido aprobar la escisión parcial de la unidad económica de la sociedad Netthink Iberia, S.L.U., compuesta por todos los activos y pasivos vinculados a su rama de actividad "iProspect". Dicha escisión parcial, se realizará conforme al procedimiento simplificado establecido en el artículo 49.1 LME, referido a la fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas, por remisión del artículo 73.1 de la LME.

Todo ello, de conformidad con los balances de escisión de ambas sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2020, debidamente aprobados, así como el proyecto común de escisión parcial suscrito y aprobado en fecha 30 de junio de 2021 por los órganos de administración de sendas sociedades.

Se hace constar expresamente, a los efectos de lo previsto en el artículo 43 LME, por remisión del artículo 73 LME, el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades participantes en la escisión parcial, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión, así como demás información sobre la escisión parcial.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 LME, por remisión del artículo 73 LME, los acreedores de las sociedades participantes del proceso de escisión parcial podrán oponerse al acuerdo de escisión parcial adoptado por dichas sociedades, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del presente anuncio.

Madrid, 25 de octubre de 2021.- En calidad de Secretaria no Consejera de los Consejos de Administración de Carat España, S.A.U., y Netthink Iberia, S.L.U., Elena Victoria Cocero Mora.

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