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Documento BORME-C-2021-700

AFIGESA CONSULTORES, S.L.P.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
NIMBUS INVERSIONES, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 37, páginas 889 a 889 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-700

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Afigesa Consultores, S.L.P. (en adelante, la "Sociedad Escindida"), celebrada el día 15 de febrero de 2021, acordó, por unanimidad, la escisión parcial de la sociedad mediante el traspaso en bloque a la sociedad de nueva creación Nimbus Inversiones S.L. (la "Sociedad Beneficiaria de nueva creación"), de una parte de su patrimonio consistente en la unidad económica autónoma, susceptible de explotación separada; adquiriendo la Sociedad Beneficiaria por sucesión universal, dicha parte de los derechos y obligaciones de la Sociedad Escindida, resultando titular de forma directa de todas las participaciones en que se divide el capital de la Sociedad Beneficiaria los mismos socios que lo son de la Sociedad Escindida exactamente en las mismas proporciones; todo ello en los términos previstos en el proyecto de escisión formulado por el Órgano de Administración de la Sociedad Escindida con fecha 5 de febrero de 2021. Se pone de manifiesto que la presente operación de escisión se ha llevado a cabo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 49.1 y 52.1 LME, por remisión del artículo 73.1 LME, así como en el artículo 78 bis LME.

La escisión parcial se hará reduciendo los fondos propios de la Sociedad escindida en el correspondiente valor de la unidad económica objeto de escisión.

En virtud de lo establecido en los artículos 43 y 44 de la LME se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado; así como el derecho de los acreedores a oponerse a la escisión parcial en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión parcial.

Madrid, 18 de febrero de 2021.- El Administrador solidario de Afigesa Consultores, S.L.P., Vicente Carrió Montiel.

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