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Documento BORME-C-2021-6668

SOCIEDAD GERIÁTRICA SANTA ÁGUEDA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
RESIDENCIA ARRATEBERRIA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 194, páginas 8100 a 8100 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-6668

TEXTO

Anuncio de acuerdos de fusión inversa por absorción.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que el día 28 de septiembre de 2021, la Junta general de socios de Residencia Arrateberria, S.L. (Sociedad absorbida), y la anterior como socio único de Sociedad Geriátrica Santa Águeda, S.L. (Sociedad absorbente), ejerciendo las facultades de la Junta general, y en ejercicio de sus competencias, han decidido, aprobar la fusión inversa por absorción de Residencia Arrateberria, S.L., por parte de la Sociedad Sociedad Geriátrica Santa Águeda, S.L., conforme al procedimiento de acuerdo unánime de fusión (artículo 42 LME), de conformidad con el Proyecto Común de Fusión, redactado y firmado por la Administradora única de ambas Sociedades con fecha 3 de septiembre de 2021, depositado en el Registro mercantil de Bizkaia con fecha 9 de septiembre de 2021. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad absorbida a la Sociedad absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad absorbida, con extinción de la misma.

A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión inversa por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 49 por remisión del artículo 52.1 de la LME. Tampoco ha sido preceptiva la elaboración del informe de Administradores.

La Administradora de la Sociedades participantes ha puesto a disposición de los trabajadores, y se reitera, en el domicilio social, los documentos que resultan de aplicación al proceso, con derecho a obtener su entrega y envío gratuito (artículos 39.1, 42, 49 y 52 de la LME). Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de las sociedades (artículos 43 y 44 de la LME).

Barakaldo, 28 de septiembre de 2021.- La Administradora única de Sociedad Geriátrica Santa Águeda, S.L., y Residencia Arrateberria, S.L., Ana María Piedad Portela Miguel.

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