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Documento BORME-C-2021-5273

ALD AUTOMOTIVE, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
REFLEX ALQUILER FLEXIBLE DE VEHÍCULOS, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 136, páginas 6511 a 6511 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-5273

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que, con fecha 16 de julio de 2021, el accionista único de la sociedad Ald Automotive, S.A.U. (Sociedad Absorbente), aprobó la fusión por absorción de la sociedad Reflex Alquiler Flexible de Vehículos, S.A.U. (Sociedad Absorbida), por medio de la transmisión en bloque por sucesión universal de todo el patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, previa disolución sin liquidación de la primera.

Siendo la Sociedad Absorbente titular directa de todas las acciones en las que se divide el capital social de la Sociedad Absorbida, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 49 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley ni de celebrar junta general de la Sociedad Absorbida.

Todo ello, conforme a los términos establecidos en el proyecto común de fusión suscrito, con fecha 29 de junio de 2021, por los órganos de administración de las sociedades que se fusionan, sirviendo de base de la fusión los balances de la Sociedad Absorbente y Absorbida cerrados a 31 de diciembre de 2020, debidamente formulados y aprobados.

Se hace constar expresamente, a los efectos de lo previsto en el artículo 43 de la LME, el derecho de los socios y acreedores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social respectivo de cada una de las sociedades que se fusionan, teniendo los socios y acreedores igualmente el derecho a obtener la entrega o el envío gratuito de los mismos.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la LME, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse al acuerdo de fusión adoptado por dichas sociedades, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del presente anuncio.

Madrid, 16 de julio de 2021.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Ald Automotive, S.A.U. (Sociedad Absorbente), y de Reflex Alquiler Flexible de Vehículos, S.A.U. (Sociedad Absorbida), Luis Marimón Garnier.

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