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Documento BORME-C-2021-5007

HORMIGONES CRIHOSA HORAESA, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 127, páginas 6184 a 6185 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2021-5007

TEXTO

Anuncio de reducción de capital a cero euros y simultánea ampliación de capital.

En cumplimiento de lo dispuesto en los arts. 305, 319 y 324, de la LSC se comunica que en la Junta General Ordinaria de la Sociedad "Hormigones Crihosa Horaesa, S.A.", celebrada en primera convocatoria en Alesón (La Rioja), el día 29 de junio de 2021, se adoptó, entre otros, por unanimidad de los asistentes que representaban el 75,4983% del capital social, una reducción del capital social a cero euros (0 €) con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la Sociedad y simultáneamente, una ampliación de capital fijando la nueva cifra de capital en noventa mil tres cientos euros (90.300,00 €), dividido en seis mil veinte (6.020) acciones de quince euros (15,00 €) de valor nominal cada una, todas ellas de la misma clase y serie y con los mismos derechos y obligaciones. Los términos en los que se ha acordado el referido acuerdo de reducción y simultáneo aumento de capital son los que se detallan a continuación:

I.- Reducción del capital social a cero euros (0 €), para compensar pérdidas mediante la amortización de todas las acciones de la Sociedad. De conformidad con lo previsto en el artículo 343 de la LSC, con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la Sociedad disminuido por las pérdidas, se acordó reducir el capital social, que era de sesenta mil doscientos euros (60.200,00 €), totalmente desembolsado, a cero (0) euros, mediante al amortización de las acciones existentes, números 1 a 602 ambos inclusive, de cien euros (100,00 €) de valor nominal cada una de ellas, sobre la base del balance de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2020, auditado por Audipymes Auditores SL, y aprobado por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 29 de junio de 2021. En virtud de lo dispuesto en el artículo 344 de la LSC, la eficacia del acuerdo de reducción de capital quedó condicionada a la ejecución del acuerdo de ampliación de capital simultáneo adoptado a continuación.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 335 a) de la LSC, atendida la finalidad de la reducción de capital social, los acreedores no podrán oponerse a la misma.

II.- Aumento de capital simultáneo por aportaciones dinerarias.

a) Cuantía del aumento de capital.

La citada Junta General Ordinaria de Accionistas adoptó de manera simultánea el acuerdo de aumento de capital en la cantidad de noventa mil trescientos euros (90.300,00 €), mediante la emisión de seis mil veinte (6.020) nuevas acciones, iguales, indivisibles y acumulables, de quince euros (15 €) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 1 a la 6.020, ambos inclusive, sin prima de emisión.

b) Modalidad del aumento de capital.

El aumento de capital se ejercitará mediante aportaciones dinerarias desembolsadas con la suscripción.

Los titulares de las acciones a amortizar tendrán derecho de preferencia en proporción a la participación que actualmente ostentan en la Sociedad; el citado derecho de preferencia podrá ejercitarse durante el plazo de un (1) mes desde la publicación del presente anuncio en el BORME. En caso de no suscribirse íntegramente el aumento de capital, la cuantía del aumento será la de las suscripciones efectuadas en el anterior plazo. Se deja constancia de que el accionista que no acuda al aumento de capital perderá tal condición.

En caso de ejercicio del derecho de suscripción preferente mediante aportación dineraria, el ejercicio de dicho derecho deberá acreditarse ante la propia Sociedad, mediante el envío de carta al Órgano de Administración de la Sociedad.

Alesón, 30 de junio de 2021.- El Administrador único, Roberto Sáez Muntión.

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