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Documento BORME-C-2021-4992

PULSO EDICIONES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MEDICAL GUARD, S.L.U.
SANYCOM TECHNOLOGIES, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 127, páginas 6169 a 6169 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-4992

TEXTO

Anuncio de acuerdo de fusión por absorción.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "Ley sobre Modificaciones Estructurales"), se hace público que con fecha 30 de junio de 2021, el Socio único de las sociedades MEDICAL GUARD, S.L.U., y SANYCOM TECHNOLOGIES, S.L.U., la sociedad PULSO EDICIONES, S.L.U., y el Socio único de la sociedad PULSO EDICIONES, S.L.U., EVIDENZE GROUP EUROPE, S.L. (anteriormente denominada MELANITE, S.L.), en ejercicio de las competencias que les corresponden, aprobaron la fusión por absorción de las sociedades MEDICAL GUARD, S.L.U., y SANYCOM TECHNOLOGIES, S.L.U. (Sociedades Absorbidas), por PULSO EDICIONES, S.L.U. (Sociedad Absorbente), sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 30 de junio de 2021, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los órganos de administración de las tres sociedades, con fecha 30 de junio de 2021, y la fusión se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales al tratarse de un supuesto de absorción de sociedades íntegramente participadas, al ser ambas sociedades absorbidas, íntegramente participadas por el mismo socio único, PULSO EDICIONES, S.L.U.

En consecuencia, tal y como determinan el artículo 49 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales, no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales, (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el proyecto de fusión, (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta general de las sociedades absorbidas.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado en los términos establecidos en el Proyecto Común de Fusión suscrito por los Administradores solidarios de la Sociedad absorbente y por los Administradores solidarios de las sociedades absorbidas, de fecha 30 de junio de 2021, motivo por el cual el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley sobre Modificaciones Estructurales.

Se hace contar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión de acuerdo con el artículo 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales.

Madrid, 30 de junio de 2021.- Los Administradores solidarios de Pulso Ediciones, S.L.U., Sanycom Technologies, S.L.U., y Medical Guard, S.L.U., Enrique Centelles Satrústegui y Nuria Osés Múgica.

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