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Documento BORME-C-2021-4909

GRUPO INVERSOR ALEGOLA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PROMOTORA UTANA, S.L.
ARUSTI, S.L.
PROMOTORA ARSUTA, S.L.
TUQISI PROMOCIONES, S.L.
PROMOCIONES KENTAL, S.L.
KAMISU PROMOCIONES, S.L.
WENDUX PROMOTORA, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 125, páginas 6068 a 6068 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-4909

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME"), se hace público que la Junta general de socios de GRUPO INVERSOR ALEGOLA, S.L. (la "Sociedad Absorbente"), y las Juntas generales de socios de las mercantiles PROMOTORA UTANA, S.L.; ARUSTI, S.L.; PROMOTORA ARSUTA, S.L.; TUQISI PROMOCIONES, S.L.; PROMOCIONES KENTAL, S.L.; KAMISU PROMOCIONES, S.L., y WENDUX PROMOTORA, S.L. (las "Sociedades Absorbidas"), reunidas en todos los casos con carácter extraordinario y universal, ejerciendo las competencias que tienen atribuidas, han adoptado con fecha 23 de junio de 2021, la decisión de aprobar la fusión por absorción de las Sociedades Absorbidas por la Sociedad Absorbente, con disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, y adquisición por sucesión universal de sus respectivos patrimonios por la Sociedad Absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al Proyecto común de fusión redactado por los administradores de las sociedades intervinientes con fecha 15 de mayo de 2021.

La fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, en la medida en que fue adoptada en Junta universal y por unanimidad de todos los socios con derecho de voto en todas las sociedades intervinientes (artículo 42 LME). Los socios y los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes tendrán derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo de adoptado, así como los respectivos Balances de fusión. Se informa del derecho de oposición de los acreedores según el artículo 44 LME. Igualmente, se ha cumplido con la obligación de informar a los trabajadores de las sociedades sobre la fusión, cuyos derechos no pueden ser restringidos por el hecho de que el acuerdo sea adoptado en Junta universal.

El Ejido (Almería), 25 de junio de 2021.- El Administrador único de la Sociedad Absorbente, José López Sabio.

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